Administraciones Públicas controlará a los funcionarios para que cumplan su jornada laboral

 16/01/2013
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El Ministerio de Administraciones Públicas ya ha transmitido la orden a algunos organismos públicos para que extremen el control sobre los funcionarios, con el fin de que cumplan su jornada laboral completa. Los centros tendrán que remitir trimestralmente un informe con el registro de entradas y salidas de los empleados.

Cinco Días

Favorecer un ejemplar cumplimiento de la jornada y horario a fin de que conductas individuales no perjudiquen la imagen de un colectivo cumplidor y dedicado siempre al servicio al ciudadano". Con ese mensaje, incluido en la nueva instrucción que regula la jornada laboral y el horario de los empleados públicos, el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, quiere mejorar la imagen de un colectivo seriamente dañado por la picaresca, que muchas veces parece responder más a leyendas urbanas que a la realidad. ¿Quién no ha escuchado el caso de un funcionario que no ficha al entrar o al salir del centro de trabajo, que se ausenta en mitad de la jornada o que abandona su puesto antes de las tres?

El Ejecutivo está dispuesto a acabar con esas prácticas y ya ha comunicado a la dirección de algunos organismos públicos que tendrán que extremar la vigilancia y el control sobre sus empleados públicos. Fuentes de uno de esos centros confirmaron a CincoDías que estarán obligados a enviar cada tres meses información a Administraciones Públicas con los registros de entrada y de salida de todos los empleados públicos. Y en la información que remitan, cada empleado público tendrá que cumplir a rajatabla la jornada semanal de 37,5 horas estipulada en la nueva instrucción, que se publicó el pasado 30 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado. Esa exigencia está creando no pocos quebraderos de cabeza entre la dirección de los centros, ya que en muchos casos van a tener que eliminar los derechos consolidados en algunos de ellos, como la jornada reducida los viernes o en los tres meses de verano, e incluso van a tener que modificar los horarios del personal, ampliándolos para que se adapten a las nuevas exigencias legales. Esto podría provocar, según las fuentes consultadas, que la jornada laboral en algunos casos finalice más allá de las 16:00 horas.

La aplicación de este nuevo régimen ha causado indignación entre los empleados públicos, aún soliviantados por la supresión de una de sus pagas extraordinarias y por la consolidación de la jornada de 37,5 horas semanales este año. Fuentes sindicales apuntan que estas exigencias provocarán nuevas manifestaciones.

¿Qué ocurrirá en el caso de que se detecten incumplimientos? Isabel San José, presidenta del sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, recalca que el colectivo que dirige solo tiene competencias para realizar inspecciones sobre el personal laboral y no sobre los trabajadores cuyos derechos están regulados por el Estatuto General del Empleado Público. San José explica que tan solo tienen capacidad para tomar decisiones en materia de riesgos laborales de los funcionarios.

El Estatuto fija como falta leve el incumplimiento de la jornada laboral y la ausencia injustificada del puesto de trabajo. El trabajador que comete esas faltas puede verse expuesto a una suspensión firme de funciones por un período máximo de seis años, a un traslado forzoso o al demérito, que consiste en la penalización a efectos de promoción o movilidad voluntaria.

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