Ayudas a operaciones no productivas de entidades locales (LEADER entidades locales), de los grupos de acción local para el desarrollo de las operaciones previstas en sus Estrategias de Desarrollo Local Participativo

 22/07/2026
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Extracto de la Resolución de 14 de julio de 2026, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la convocatoria plurianual 2026, en concurrencia competitiva, de las ayudas a operaciones no productivas de entidades locales (LEADER entidades locales), de los grupos de acción local para el desarrollo de las operaciones previstas en sus Estrategias de Desarrollo Local Participativo, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (Intervención 7119 (BOPA de 21 de julio de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 14 DE JULIO DE 2026, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PLURIANUAL 2026, EN CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE LAS AYUDAS A OPERACIONES NO PRODUCTIVAS DE ENTIDADES LOCALES (LEADER ENTIDADES LOCALES), DE LOS GRUPOS DE ACCIÓN LOCAL PARA EL DESARROLLO DE LAS OPERACIONES PREVISTAS EN SUS ESTRATEGIAS DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO, EN EL MARCO DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA PAC 2023-2027 (INTERVENCIÓN 7119).

BDNS (Identif.): 919227.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/919227).

Primero.-Beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de la ayuda las entidades locales pertenecientes al ámbito territorial del GAL seleccionado por Resolución de 25 de mayo de 2023, en el Principado de Asturias, para la aplicación de la intervención LEADER en el marco del PEPAC, que cumplan lo establecido en la base quinta de las bases reguladoras y cuyas actuaciones cumplan lo establecido en la base sexta.

Segundo.-Objeto.

La finalidad de estas ayudas es el apoyo a operaciones a realizar por entidades públicas locales, que permitan a la población local disponer de infraestructuras y servicios públicos innovadores de diferente naturaleza, contribuyendo a mejorar su calidad de vida y/o facilitar el asentamiento de nuevos residentes.

Tercero.-Bases reguladoras.

Las presentes ayudas públicas se regirán por lo dispuesto en la Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo LEADER en el Principado de Asturias, para inversiones en operaciones no productivas de entidades locales (LEADER entidades locales), en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (Intervención 7119) (BOPA n.º 39, de 26/02/2026).

Cuarto.-Cuantía.

Para la concesión de las referidas ayudas se destinará un importe de nueve millones novecientos cincuenta mil euros (9.950.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 1903.711B.763048 “Ayudas operaciones LEADER para entidades locales” de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias repartidos en tres anualidades: tres millones novecientos mil euros (3.900.000,00 €) con cargo al año 2026, tres millones veintidós mil euros (3.022.000,00 €) con cargo al año 2027 y tres millones veintiocho mil euros (3.028.000,00 €) con cargo al año 2028 y con la siguiente distribución:

Tabla omitida.

Por necesidades de la convocatoria, se podrá proceder al reajuste de anualidades, para lo cual será necesario contar con la correspondiente autorización de reajuste de anualidades.

Las ayudas previstas en la presente resolución están cofinanciadas por fondos europeos FEADER (80 %), fondos del Principado de Asturias (14 %) y fondos de la Administración General del Estado (6 %).

Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de la solicitud será de un (1) mes a partir de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOPA. Sólo se admitirá una solicitud por solicitante y actuación. Si se presentara más de una solicitud sólo se atenderá a la presentada en el último lugar, quedando anuladas las anteriores. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido en la presente convocatoria se excluirán del procedimiento de concesión.

Sexto.-Otros datos.

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) están publicados los modelos normalizados de estas ayudas, que se podrán localizar introduciendo el código AYUD0535T04 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará información complementaria, formularios y plantillas para su descarga y la posibilidad de iniciar electrónicamente dicha solicitud por el formulario web. Estos modelos serán de uso obligatorio.

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