Subvenciones destinadas a la contratación de personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil a través de la colaboración con las entidades locales y organismos intermedios sin ánimo de lucro

 12/06/2026
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Extracto de la Orden de 22 de mayo de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la contratación de personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la colaboración con las entidades locales y organismos intermedios sin ánimo de lucro, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se convocan para el año 2026 (códigos de procedimiento TR350E y TR349Z) (DOG de 11 de junio de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN DE 22 DE MAYO DE 2026 POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES INSCRITAS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA, A TRAVÉS DE LA COLABORACIÓN CON LAS ENTIDADES LOCALES Y ORGANISMOS INTERMEDIOS SIN ÁNIMO DE LUCRO, COFINANCIADAS POR LA UNIÓN EUROPEA EN EL MARCO DEL PROGRAMA FSE+ GALICIA 2021-2027, Y SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2026 (CÓDIGOS DE PROCEDIMIENTO TR350E Y TR349Z).

BDNS (Identif.): 911380.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/911380

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/911383

Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de la convocatoria.

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas y subvenciones previstas en la presente orden las entidades locales y organismos intermedios sin ánimo de lucro.

Por entidad local se considera a los ayuntamientos de Galicia, como entidad local básica de la organización territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, según lo establecido en el artículo 10 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de administración local de Galicia.

Se tendrá en cuenta la iniciativa gallega de ayuntamientos emprendedores, regulada en el título VI de la Ley 9/2021, de 25 de febrero , de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

A los efectos de esta orden, se entenderá por organismos intermedios sin ánimo de lucro las entidades que actúan como enlace entre diferentes actores de uno o varios sectores económicos (como individuos, comunidades, organizaciones o instituciones) con el objetivo de facilitar la cooperación, el desarrollo de proyectos, la prestación de servicios o la promoción de actividades sin perseguir beneficios económicos para sus miembros o dirigentes. Los organismos intermedios sin ánimo de lucro, a la fecha de publicación de la presente convocatoria, estarán constituidos e inscritos en el correspondiente registro (de asociaciones, de clústeres empresariales, de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, de agrupaciones empresariales, etc), y dispondrán de centro de trabajo en Galicia (asociaciones empresariales sectoriales o multisectoriales, clústeres empresariales y consejos reguladores).

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto la financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con entidades locales y organismos intermedios sin ánimo de lucro, para la contratación durante nueve meses de personas jóvenes, inscritas y en situación de beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, al objeto de proporcionarles una experiencia y práctica profesional que facilite su inserción laboral (códigos de procedimiento TR350E y TR349Z).

Esta convocatoria tiene por finalidad mejorar la empleabilidad y la inserción profesional de las personas jóvenes que no estudian ni trabajan, inscritas como beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mediante la prestación de servicios que posibiliten a las personas participantes la realización de un trabajo efectivo que les procure una práctica profesional necesaria para su integración sustentable en el mercado de trabajo.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 22 de mayo de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la contratación de personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la colaboración con entidades locales y organismos intermedios sin ánimo de lucro, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (códigos de procedimiento TR350E y TR349Z).

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destinan seis millones quinientos mil euros (6.500.000 €):

a) Un presupuesto de 3.000.000 de euros, destinado a las entidades locales de Galicia.

b) Un presupuesto de 3.500.000 euros, destinado a los organismos intermedios sin ánimo de lucro.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

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