Subvenciones destinadas a municipios de la Comunitat Valenciana para la realización de actividades extraescolares y complementarias dirigidas a su población escolar entre tres y dieciocho años

 12/06/2026
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Extracto de la Resolución de 29 de mayo de 2026, la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan subvenciones destinadas a municipios de la Comunitat Valenciana para la realización de actividades extraescolares y complementarias dirigidas a su población escolar entre tres y dieciocho años (DOGV de 10 de junio de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 29 DE MAYO DE 2026, LA DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN E INCLUSIÓN EDUCATIVA, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A MUNICIPIOS DE LA COMUNITAT VALENCIANA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS DIRIGIDAS A SU POBLACIÓN ESCOLAR ENTRE TRES Y DIECIOCHO AÑOS.

BDNS (identif.): 910567.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910567).

Primero. Beneficiarios

Municipios de la Comunitat Valenciana que tengan población empadronada, a fecha de la publicación de la presente convocatoria, con edad comprendida entre tres y dieciocho años, según el Instituto Nacional de Estadística.

Segundo. Objeto

Subvenciones destinadas a la realización de actividades extraescolares y complementarias dirigidas a la población escolar de entre tres y dieciocho años.

Tercero. Bases Reguladoras

Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a municipios de la Comunitat Valenciana para la realización de actividades extraescolares y complementarias dirigidas a su población escolar de entre tres y dieciocho años (DOGV núm. 10122 / 03.06.2025).

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo asciende a 5.000.000,00 de euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Sexto. Pago

Se librará el 100% de la subvención una vez publicada la resolución de concesión y con carácter previo a la presentación de la justificación. Las entidades beneficiarias quedan exentas de la obligación de prestar garantías para el pago anticipado.

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