Organización de la Administración

 05/06/2026
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Orden HAP/797/2026, de 1 de junio, por la que se realizan las asimilaciones e integraciones entre las anteriores y las nuevas estructuras organizativas como consecuencia del Decreto de 3 de mayo de 2026, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos (BOA de 4 de junio de 2026). Texto completo.

ORDEN HAP/797/2026, DE 1 DE JUNIO, POR LA QUE SE REALIZAN LAS ASIMILACIONES E INTEGRACIONES ENTRE LAS ANTERIORES Y LAS NUEVAS ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS COMO CONSECUENCIA DEL DECRETO DE 3 DE MAYO DE 2026, DEL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICA LA ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN Y SE ASIGNAN COMPETENCIAS A LOS DEPARTAMENTOS.

Mediante Decreto de 3 de mayo de 2026, del Presidente del Gobierno de Aragón, se establece una nueva organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se asignan las competencias a sus Departamentos y se adscriben sus organismos públicos.

Seguidamente, por Decreto 27/2026, de 4 de mayo , del Gobierno de Aragón, se establece una reordenación de la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma que se ajuste a la nueva organización departamental. Dicho Decreto fue modificado puntalmente por Decreto 38/2026, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón.

La disposición transitoria primera del Decreto de 3 de mayo de 2026, del Presidente del Gobierno de Aragón, en relación con la disposición transitoria primera del Decreto 27/2026, de 4 de mayo , del Gobierno de Aragón, dispone que con el objetivo de facilitar la implantación de las nuevas estructuras orgánicas y de velar por el correcto funcionamiento de la gestión de los recursos humanos del Gobierno de Aragón, el Departamento competente en materia de personal, hasta el momento en el que se desarrollen las estructuras orgánicas de cada uno de los Departamentos y se aprueben las relaciones de puestos de trabajo de los mismos, realizará las asimilaciones e integraciones que correspondan entre las anteriores y la nuevas estructuras organizativas.

Asimismo establece que los órganos, unidades y puestos de trabajo de la anterior Secretaría General Técnica de Empleo, Ciencia y Universidades quedan adscritos a la Secretaría General Técnica de Economía, Competitividad y Empleo, sin perjuicio de otras adscripciones que puedan efectuarse, de otros Departamentos, por razón de las competencias asumidas.

De acuerdo con lo anterior y dado que el artículo 7 del Decreto de 3 de mayo de 2026, del Presidente del Gobierno de Aragón, dispone que al Departamento de Economía, Competitividad y Empleo se le atribuyen también diversas competencias del anterior Departamento de Presidencia, Economía y Justicia y, por otro lado, dado que el artículo 4 del citado Decreto dispone que al nuevo Departamento de Presidencia, Justicia y Cultura le corresponden las competencias en materia de coordinación y control del Fondo de Inversiones de Teruel que en la anterior legislatura gestionaba el Departamento de Medio Ambiente y Turismo, procede realizar la presente asimilación e integración entre la anterior y la nueva estructura organizativa.

Para ello se ha tenido en cuenta el presupuesto correspondiente a los programas económicos afectados, el número de expedientes de contratación, de subvenciones y de recursos administrativos gestionados durante este año por los respectivos centros directivos, así como el personal incluido en los programas económicos afectados.

En virtud de lo anterior, resuelvo:

Primero.- Los puestos de trabajo del anterior Departamento de Presidencia, Economía y Justicia, incluidos en el anexo I, se integran en el nuevo Departamento de Economía, Competitividad y Empleo.

Segundo.- Los puestos de trabajo del anterior Departamento de Medio Ambiente y Turismo, incluidos en el anexo II, se integran en el nuevo Departamento de Presidencia, Justicia y Cultura.

Tercero.- Por parte del Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública se procederá de oficio a la modificación de las respectivas Relaciones de Puestos de Trabajo para dar cumplimiento a lo dispuesto en esta Orden.

Cuarto.- Ordenar la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", la cual producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación.

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