Recurso de inconstitucionalidad n.º 7696-2025

 04/02/2026
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Recurso de inconstitucionalidad n.º 7696-2025, contra el artículo único de la Ley 3/2025, de 25 de julio, de modificación de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, en lo referido al apartado cuatro, en cuanto modifica los arts. 3.c) y 3.d) de la Ley 11/2003 y añade un nuevo art. 3.k) a dicha ley; el apartado cinco, en cuanto añade un nuevo art. 3 ter.k) a la Ley 11/2003; el apartado seis, en cuanto modifica el art. 4.1.h) de la Ley 11/2003; y el apartado veinticuatro, en cuanto añade una nueva disposición adicional tercera a la Ley 11/2003 (BOE de 4 de febrero de 2026). Texto completo.

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 7696-2025, CONTRA EL ARTÍCULO ÚNICO DE LA LEY 3/2025, DE 25 DE JULIO, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 11/2003, DE 4 DE ABRIL, SOBRE CONSEJOS SOCIALES Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE CANARIAS, EN LO REFERIDO AL APARTADO CUATRO, EN CUANTO MODIFICA LOS ARTS. 3.C) Y 3.D) DE LA LEY 11/2003 Y AÑADE UN NUEVO ART. 3.K) A DICHA LEY; EL APARTADO CINCO, EN CUANTO AÑADE UN NUEVO ART. 3 TER.K) A LA LEY 11/2003; EL APARTADO SEIS, EN CUANTO MODIFICA EL ART. 4.1.H) DE LA LEY 11/2003; Y EL APARTADO VEINTICUATRO, EN CUANTO AÑADE UNA NUEVA DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA A LA LEY 11/2003.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de enero de 2026, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 7696-2025, promovido por el Defensor del Pueblo, contra el artículo único de la Ley 3/2025, de 25 de julio, de modificación de la Ley 11/2003, de 4 de abril , sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, en lo referido al apartado cuatro, en cuanto modifica los artículos 3.c) y 3.d) de la Ley 11/2003 y añade un nuevo artículo 3.k) a dicha ley; el apartado cinco, en cuanto añade un nuevo artículo 3 ter.k) a la Ley 11/2003; el apartado seis, en cuanto modifica el artículo 4.1.h) de la Ley 11/2003; y el apartado veinticuatro, en cuanto añade una nueva disposición adicional tercera a la Ley 11/2003.

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