Ayudas a las universidades del sistema universitario de Cataluña

 02/01/2026
 Compartir: 

Resolución REU/4843/2025, de 23 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir las ayudas a las universidades del sistema universitario de Cataluña para colaborar en la financiación de recursos materiales y ayudas técnicas y personales a fin de contribuir a garantizar la igualdad de oportunidades del alumnado con discapacidad y evitar cualquier tipo de discriminación por motivo de discapacidad (UNIDISCAT) (DOGC de 31 de diciembre de 2025). Texto completo.

RESOLUCIÓN REU/4843/2025, DE 23 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE DEBEN REGIR LAS AYUDAS A LAS UNIVERSIDADES DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE CATALUÑA PARA COLABORAR EN LA FINANCIACIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y AYUDAS TÉCNICAS Y PERSONALES A FIN DE CONTRIBUIR A GARANTIZAR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DEL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD Y EVITAR CUALQUIER TIPO DE DISCRIMINACIÓN POR MOTIVO DE DISCAPACIDAD (UNIDISCAT)

La Generalitat de Catalunya impulsa una política pública orientada a garantizar un sistema universitario inclusivo, equitativo y accesible, que asegure la igualdad de oportunidades de todo el alumnado y, en particular, de las personas con discapacidad, evitando cualquier forma de discriminación y promoviendo la plena participación en la educación superior. Esta política se enmarca en los compromisos internacionales asumidos por el Estado español, especialmente la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, que establece en su Objetivo de Desarrollo Sostenible 4 la necesidad de garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad, así como en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, ratificada por el Estado español el 23 de noviembre de 2007.

La Convención define conceptos clave como los ajustes razonables, el diseño universal y la prohibición de la discriminación por motivo de discapacidad, estableciendo, en relación con la educación superior, la obligación de los poderes públicos de garantizar el acceso a la educación a las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con el resto de la población, asegurando los ajustes razonables necesarios. Este mandato se ve reforzado por la normativa estatal y autonómica, en particular por la Ley Orgánica 2/2023 , del Sistema Universitario, que impone a las universidades la obligación de garantizar la accesibilidad universal a los entornos físicos y virtuales, así como al proceso de enseñanza-aprendizaje y de evaluación, y por la Ley 1/2003, de 19 de febrero , de Universidades de Cataluña, que garantiza el derecho a la educación universitaria en condiciones de igualdad de oportunidades.

En Cataluña, este marco normativo se completa con la Ley 19/2020, de 30 de diciembre , de Igualdad de Trato y No Discriminación, que establece los principios, medidas y procedimientos para garantizar el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación, así como con las políticas impulsadas en el ámbito universitario a través del Consejo Interuniversitario de Cataluña, como el Plan de Inclusión y Diversidad de las Universidades Catalanas (PIDUC), aprobado el 21 de octubre de 2024, que proporciona un marco de referencia común para avanzar hacia un modelo universitario abierto, inclusivo y socialmente comprometido.

De acuerdo con este contexto, el Departamento de Investigación y Universidades ejerce las competencias en materia de política universitaria y de fomento de la transferencia y el impacto social del conocimiento. En particular, la Dirección General de Transferencia y Sociedad del Conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 115/2022, de 14 de junio , tiene atribuidas funciones de promoción de programas y actuaciones con impacto social y de impulso de políticas orientadas al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el ámbito de las competencias del Departamento. En coherencia con estas funciones y con los objetivos del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Investigación y Universidades para el período 2022-2025, que incluye como objetivo el fortalecimiento y la modernización del sistema universitario catalán garantizando la equidad de acceso, se considera necesario articular instrumentos de apoyo específicos que permitan a las universidades atender las necesidades derivadas de los ajustes razonables del alumnado con discapacidad.

A estos efectos, la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR), creada por la Ley 7/2001, de 31 de mayo, como entidad de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrita al Departamento de Investigación y Universidades, es el organismo competente para la gestión y ejecución de los programas de becas y subvenciones en el ámbito universitario. Corresponde, por tanto, a la AGAUR la tramitación, evaluación, concesión, seguimiento y control de las ayudas reguladas por estas bases, de acuerdo con la normativa aplicable en materia de subvenciones y con las competencias delegadas por los órganos de gobierno de la Agencia.

En este marco normativo y competencial, se publican estas bases reguladoras, que tienen por objeto regular las ayudas a las universidades del sistema universitario de Cataluña para colaborar en la financiación de ayudas técnicas y personales destinadas a garantizar la igualdad de oportunidades del alumnado con discapacidad, priorizando los ajustes razonables necesarios y contribuyendo así a un sistema universitario más inclusivo, equitativo y socialmente responsable.

Visto lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre ; los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones, y el reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio ;

Visto que el artículo 11 de los Estatutos de la Agencia, aprobados por el Decreto 168/2002, de 11 de junio, del Gobierno de la Generalitat de Catalunya, dispone que corresponde al Consejo de Dirección la aprobación de las convocatorias de becas y subvenciones, así como su resolución;

Visto que estas facultades se han delegado en la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Transferencia y Sociedad del Conocimiento o la persona que ocupe su presidencia, según el Acuerdo del Consejo de Dirección de 9 de diciembre de 2022 (Resolución REU/3960/2022, de 15 de diciembre, DOGC núm. 8817, de 21.12.2022),

Resuelvo:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas a las universidades del sistema universitario de Cataluña para colaborar en la financiación de recursos materiales y ayudas técnicas y personales a fin de contribuir a garantizar la igualdad de oportunidades del alumnado con discapacidad y evitar cualquier tipo de discriminación por motivo de discapacidad (UNIDISCAT).

Disposición transitoria

Las subvenciones que se otorgaron de acuerdo con la resolución que ahora queda derogada seguirán rigiéndose por las bases que las regulaban.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Resolución REU/4159/2024, de 20 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las universidades del sistema universitario de Cataluña para colaborar en la financiación de recursos materiales y ayudas técnicas y personales a fin de contribuir a garantizar la igualdad de oportunidades del alumnado con discapacidad y evitar cualquier tipo de discriminación por motivo de discapacidad (UNIDISCAT).

Disposición final

Las presentes bases reguladoras entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana