RESOLUCIÓN DE 17 DE DICIEMBRE DE 2025, DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, POR LA QUE SE PUBLICA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA.
El Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, en sesión celebrada el 10 de diciembre de 2025, aprobó la modificación del Reglamento del sistema de evaluación del desempeño del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Zaragoza - en adelante, REDUZ -, que fue publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 124, de 30 de junio de 2023.
En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 83 de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, aprobados por Decreto 23/2025, de 28 de febrero , del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 42, de 3 de marzo de 2025) dispongo:
Primero.- Publicar la modificación del Reglamento del sistema de evaluación del desempeño del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Zaragoza aprobado por el Consejo de Gobierno.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la presente publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, según lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa ("Boletín Oficial del Estado", número 167, de 14 de julio de 1998).
Zaragoza, 17 de diciembre de 2025.- La Rectora. Por delegación (Resolución de 25 de abril de 2025, "Boletín Oficial de Aragón", número 85, de 7 de mayo de 2025). El Gerente, Alfonso Carlos Peña Ochoa.
Acuerdo de 10 de diciembre de 2025, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, Por el que se aprueba el Reglamento del sistema de evaluación del desempeño del personal de Administración y Servicios de la Universidad de Zaragoza.
Al haberse observado una discordancia entre la redacción del artículo 12 del REDUZ y el cuadro resumen que figura en el mismo, estando próxima una nueva convocatoria de la evaluación de todo el Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios y tras dos años de aplicación del Reglamento, se considera necesario corregir la citada discordancia mediante una modificación del REDUZ, modificación que ha sido analizada por la Comisión Técnica de Evaluación del Desempeño en su reunión del 2 de diciembre de 2025 y fue negociada y aprobada en la sesión de Mesa Sectorial de Negociación del personal funcionario técnico, de gestión y de administración y servicios celebrada el 3 de diciembre de 2025.
En su virtud, el Consejo de Gobierno, en su sesión de 10 de diciembre de 2025, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Primero.- Dar una nueva redacción al artículo decimosegundo del REDUZ, que quedará como sigue:
"Artículo decimosegundo. Calificación final de la evaluación del desempeño.
La evaluación del desempeño anual, por su carácter dual, estará compuesta por las valoraciones obtenidas por cada empleada pública o empleado público en la parte individual y organizacional, con los efectos previstos para cada una de ellas según su resultado.
La puntuación final máxima será de 350 puntos que se podrán obtener de la suma de la siguiente relación:
Valoración del desempeño individual (VDI). Valoración de la competencia individual, hasta 200 puntos. Siendo necesarios 100 para poder computar, que se distribuyen de la siguiente manera: Encuesta de autoevaluación: Máximo 100 puntos.
Evaluación del responsable: Máximo 100 puntos.
Valoración de la proyección de mejora: Máximo 50 puntos.
Valoración del desempeño organizacional (VDO).
Valoración de la unidad. Máximo 100 puntos.
La puntuación resultante de sumar estos análisis determinará el resultado de la evaluación del desempeño siendo:
"Positiva destacada" (cuando supere los 275 puntos).
"Positiva" (Cuando el total se encuentre entre 175 y 275 puntos, siempre que la valoración de la competencia individual sea igual o mayor que 100).
Y "negativa" (menos de 100 puntos en la Valoración de la competencia individual -suma de encuestas- o menos de 125 puntos en la Valoración del Desempeño Individual o con un total inferior a 175 puntos)."
Segundo.- Aprobar un nuevo cuadro resumen en el REDUZ, que queda redactado en los términos que figuran en el Anexo.
Tercero.- Ordenar la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de las modificaciones del REDUZ, que entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación.
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