Situaciones de emergencia de Protección Civil

 06/11/2025
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Orden HAP/1457/2025, de 3 de noviembre, por la que se modifica el anexo del Decreto-ley por el que se establecen medidas para la reparación urgente de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón en situaciones de emergencia de Protección Civil (BOA de 5 de noviembre de 2025). Texto completo.

ORDEN HAP/1457/2025, DE 3 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO DEL DECRETO-LEY POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS PARA LA REPARACIÓN URGENTE DE LOS DAÑOS CAUSADOS Y LAS PÉRDIDAS PRODUCIDAS EN EL TERRITORIO DE ARAGÓN EN SITUACIONES DE EMERGENCIA DE PROTECCIÓN CIVIL.

El Gobierno de Aragón ha aprobado el Decreto-ley 6/2025, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas para la reparación urgente de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón en situaciones de emergencia de protección civil, publicado en el "Boletín Oficial Aragón", número 192, de 3 de octubre de 2025.

La disposición adicional primera contempla de forma específica los daños y pérdidas acaecidas entre los días 12 de agosto a 28 de septiembre de 2025 y en relación con estos supuestos establece lo siguiente:

"1. El régimen aplicable a las medidas necesarias para reparar en el territorio de Aragón los daños causados y las pérdidas producidas como consecuencia de las inundaciones, desprendimientos, avenidas y desbordamientos de ríos y barrancos generadas por las lluvias torrenciales acaecidas entre los días 12 de agosto a 28 de septiembre de 2025, así como facilitar la vuelta a la normalidad de las zonas afectadas por las mismas, será el establecido, con carácter general, en el articulado y disposiciones de la parte final de este Decreto-ley.

2. Las medidas previstas en esta disposición adicional se aplicarán para la reparación de los daños y pérdidas causadas en los términos municipales y las comarcas afectados por las lluvias torrenciales que justifican esta disposición, que se concretan en el anexo de este texto legal."

Por otra parte, la disposición final tercera faculta al Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública para que, mediante Orden, pueda modificar el listado de los términos municipales afectados que vienen incluidos en el anexo de este Decreto-ley en función de la evolución de los daños producidos que se pudieran identificar con posterioridad a la aprobación de esta norma.

Una vez aprobado el Decreto ley se han identificado otros términos municipales que se han visto afectados y que, por ello, deben ser igualmente destinatarios de las medidas previstas lo que motivó la aprobación de la Orden HAP/1377/2025, de 20 de octubre, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 204, del día 22 de octubre de 2025.

Posteriormente se ha identificado un nuevo término municipal afectado que debe igualmente ser destinatario de las medidas previstas. Se trata del municipio La Fresneda.

Por todo lo anterior, y en virtud de las competencias conferidas en la citada disposición final tercera del Decreto-ley 6/2025, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas para la reparación urgente de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón en situaciones de emergencia de protección civil, resuelvo:

Primero.- Modificar el listado de los términos municipales afectados por los daños y pérdidas acaecidas entre los días 12 de agosto a 28 de septiembre de 2025, que figuran en el anexo del Decreto-ley 6/2025, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas para la reparación urgente de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón en situaciones de emergencia de protección civil, añadiendo a los municipios ya existentes así como a los identificados posteriormente mediante Orden HAP/1377/2025,de 20 de octubre, el municipio que se incluye como anexo a esta Orden.

Segundo. - Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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