I Edición de los Premios Andalucía de Fundaciones

 23/07/2025
 Compartir: 

Orden de 17 de julio de 2025, por la que se modifica la Orden de 18 de junio de 2025, por la que se convoca la I Edición de los Premios Andalucía de Fundaciones (BOJA de 22 de julio de 2025). Texto completo.

ORDEN DE 17 DE JULIO DE 2025, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 18 DE JUNIO DE 2025, POR LA QUE SE CONVOCA LA I EDICIÓN DE LOS PREMIOS ANDALUCÍA DE FUNDACIONES.

Por la Orden de 18 de junio de 2025, se convoca la I Edición de los Premios Andalucía de Fundaciones, creados y regulados por el Decreto 96/2025, de 22 de abril , y que tienen como finalidad distinguir y reconocer públicamente la labor de las fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de Andalucía que hayan destacado en el cumplimiento de sus fines fundacionales de interés general. Asimismo, podrán ser reconocidas aquellas personas, físicas o jurídicas, con o sin carácter fundacional, así como otras entidades o instituciones, públicas o privadas, que en el ejercicio de sus actividades hayan contribuido a la difusión, conocimiento, desarrollo o promoción del sector fundacional.

En el resuelvo segundo, apartado 2, de la Orden de 18 de junio de 2025, se establece que el plazo de presentación de las candidaturas será de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, que se produjo el 18 de junio de 2025, por lo que este plazo finalizará el próximo 22 de julio. La coincidencia del plazo de presentación de las candidaturas con la temporada estival hace conveniente su ampliación con la finalidad de asegurar la máxima difusión de los premios y favorecer la presentación de un mayor número de candidaturas.

Por otra parte, de conformidad con el artículo 9 del Decreto 96/2025, de 22 de abril, el resuelvo tercero de la Orden de 18 de junio de 2025, establece la composición del jurado. No obstante, razones personales de alguno de los miembros nombrados hace necesaria la modificación de su composición.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, y en uso de las atribuciones que me confieren el artículo 21 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 5 del Decreto 96/2025, de 22 de abril,

RESUELVO

Primero. Convocatoria.

Se amplía hasta el 10 de septiembre de 2025, inclusive, el plazo de presentación de candidaturas a la I Edición de los Premios Andalucía de Fundaciones, correspondientes a 2025, en sus distintas modalidades.

Segundo. Modificación de la composición del jurado.

Se sustituye a don José María Luna Aguilar, Director de Actividades Culturales de la Fundación Bancaria UNICAJA, como vocal suplente en representación del sector fundacional, por don José Torres Tenllado, Presidente de la Fundación Grupo Infrico.

Tercero. Efectos.

Esta orden surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  7. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  8. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  9. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana