Subvenciones destinadas a la elaboración, actualización e implementación de los Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) por los ayuntamientos de Canarias con población de hasta cien mil habitantes

 01/04/2025
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Extracto de la Resolución de 19 de marzo de 2025, por la que se convocan subvenciones destinadas a la elaboración, actualización e implementación de los Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) por los ayuntamientos de Canarias con población de hasta cien mil habitantes (100.000), correspondiente a la anualidad 2025 (BOC de 31 de marzo de 2025). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 19 DE MARZO DE 2025, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A LA ELABORACIÓN, ACTUALIZACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LOS PLANES DE MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE (PMUS) POR LOS AYUNTAMIENTOS DE CANARIAS CON POBLACIÓN DE HASTA CIEN MIL HABITANTES (100.000), CORRESPONDIENTE A LA ANUALIDAD 2025.

BDNS (Identif.): 821865.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/821865).

Primero.- Beneficiarios.

Los beneficiarios de la subvención serán aquellos ayuntamientos con una población de hasta 100.000 habitantes, contabilizado en el último padrón publicado por el ISTAC, tanto para los ayuntamientos que soliciten subvención para la Línea 1 como los que soliciten para Línea 2.

Segundo.- Finalidad.

Convocar para el ejercicio 2025 la concesión de subvenciones de dos líneas de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva:

1.- Línea 1: destinada a la elaboración y/o actualización de los Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) para los ayuntamientos de Canarias con una población de hasta 100.000 habitantes.

2.- Línea 2: destinada a la implementación de los Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) para los ayuntamientos de Canarias con una población de hasta 100.000 habitantes.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden de 9 de septiembre de 2021, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Vivienda (BOC n.º 194, de 21.9.2021), modificada por la Orden de 14 de abril de 2023 (BOC n.º 92, de 12.5.2023).

Cuarto.- Importe.

El importe de los créditos presupuestarios asciende a un millón setecientos nueve mil cuatrocientos cuarenta euros con cuarenta y seis céntimos (1.709.440,46 euros), que se repartirá entre las dos líneas de actuación de la siguiente forma:

• Línea 1: 209.440,46 euros.

• Línea 2: 1.500.000,00 euros.

Quinto.- Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo de admisión de solicitudes será de veinte (20) días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, siendo la ruta de acceso la siguiente: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/

El texto íntegro de la convocatoria estará disponible a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BDNS).

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