EXTRACTO DE LA ORDEN EMC/317/2025, DE 18 DE MARZO, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2025 LAS SUBVENCIONES REGULADAS EN LA ORDEN EPE/38/2023, DE 20 DE ENERO, POR LA QUE SE APRUEBA EL "PROGRAMA JOVEM" Y SE ESTABLECEN SUS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A OTORGAR POR EL INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO PARA FOMENTAR LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS INSCRITAS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL EN COLABORACIÓN CON ENTIDADES LOCALES.
BDNS (Identif.): 821434.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/821434
Primero.- Entidades beneficiarias.
1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se convocan por medio de esta Orden las siguientes entidades:
a) Las entidades locales aragonesas y sus organismos públicos vinculados y dependientes, así como las demás entidades que integran su sector público institucional.
b) Las entidades de derecho público, las sociedades y las empresas públicas dependientes o vinculadas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
c) Las universidades aragonesas.
d) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que estén legalmente constituidas conforme a su específica normativa reguladora, dispongan de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y figuren inscritas en el correspondiente registro público con una antigüedad de, al menos, un año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de las subvenciones.
Quedan expresamente excluidos de las ayudas establecidas en la presente orden los centros especiales de empleo y las empresas de inserción que figuren calificados como tales en los correspondientes registros administrativos, independientemente de que dicha calificación recoja su condición de entidad sin ánimo de lucro.
Segundo.- Objeto.
La finalidad de estas subvenciones es fomentar la contratación de las citadas personas jóvenes siempre que los contratos tengan una duración mínima de seis meses y contemplen una jornada laboral de, al menos, el 50% de una jornada a tiempo completo según el convenio colectivo de referencia.
Tercero.- Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de esta convocatoria se recogen en la Orden EPE/38/2023, de 20 de enero, por la que se aprueba el "Programa JOVEM" y se establecen sus bases reguladoras para la concesión de subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo para fomentar la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil en colaboración con entidades locales, entidades públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Programa FSE+ Aragón 2021-2027, publicadas en el "Boletín Oficial de Aragón", número 21, de 1 de febrero de 2023. https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1259277420404
Cuarto.- Cuantía.
1. Estas subvenciones están incluidas dentro del Programa FSE+ Aragón 2021-2027 y, por tanto, están financiadas en un 60% por fondos propios del Gobierno de Aragón y en un 40% por el Fondo Social Europeo Plus, de conformidad con lo establecido en los artículos 108.2 c) y 112.3 e) del RDC.
2. El presupuesto de 2024 de la Comunidad Autónoma de Aragón prorrogado para el ejercicio 2025, en virtud de lo previsto en la Orden HAP/1608/2024, de 26 de diciembre, por la que se determinan las condiciones a las que ha de ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón de 2024, hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos para 2025, incluye en el presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para dicho ejercicio dotación económica suficiente y adecuada para financiar el Programa contratación de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
3. El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende inicialmente a dos millones quinientos mil euros (2.500.000 euros) y las subvenciones que correspondan se financiarán con cargo a los créditos previstos en el Presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo correspondiente al ejercicio 2024, actualmente prorrogado para 2025, que a continuación se relacionan:
Quinto.- Plazos de solicitud.
El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón" y hasta el 31 de mayo de 2025, ambos inclusive.
Sexto.- Otros datos.
1. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo, presentándose a través de la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en la dirección electrónica: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-para-el-programa-jovem
2. El uso del modelo de solicitud es obligatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 66.6 de la Lay 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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