Comisión Liquidadora del Patronato de Viviendas de la Guardia Civil

 24/03/2025
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Orden INT/275/2025, de 20 de marzo, por la que se suprime la Comisión Liquidadora del Patronato de Viviendas de la Guardia Civil (BOE de 22 de marzo de 2025). Texto completo.

ORDEN INT/275/2025, DE 20 DE MARZO, POR LA QUE SE SUPRIME LA COMISIÓN LIQUIDADORA DEL PATRONATO DE VIVIENDAS DE LA GUARDIA CIVIL.

El Decreto 477/1961, de 16 de marzo, del Ministerio de la Gobernación, creó el Patronato de Viviendas de la Guardia Civil. Posteriormente, la disposición final primera, apartado 2, del Real Decreto 1885/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, establece la supresión del Patronato de Viviendas de la Guardia Civil.

En el apartado 1 de la citada disposición final primera se estableció que el Consejo de Administración del Patronato de Viviendas de la Guardia Civil acordara la calificación de su patrimonio inmobiliario, distinguiendo del mismo los bienes de apoyo logístico, de forma que el resto de los bienes pudiera ser liquidado cuando no tuviera interés logístico para la Guardia Civil y aún estuviera dentro del patrimonio del Patronato.

Para llevar a cabo la liquidación de los bienes del organismo suprimido y facilitar dicho proceso, por Orden del Ministro del Interior, de 17 de diciembre de 1997, se creó la Comisión Liquidadora del Patronato de Viviendas de la Guardia Civil.

Dentro del Ministerio del Interior, en virtud de la Resolución de la Secretaría de Estado de Seguridad, de 27 de marzo de 2012, se delegaron en el titular de la Subdirección General de Planificación y Gestión de Infraestructuras y Medios para la Seguridad las funciones inherentes a la presidencia de la citada Comisión Liquidadora y, en función de ello, se han llevado a cabo las acciones tendentes a la liquidación de los inmuebles del antiguo Patronato, que no habían sido declarados de interés logístico por la Dirección General de la Guardia Civil.

Se ha cumplido el objetivo para el que fue creada la Comisión Liquidadora, puesto que se han liquidado todos los inmuebles del patrimonio del extinto Patronato de Viviendas de la Guardia Civil y con fecha 1 de marzo de 2023 se ha cancelado la cuenta bancaria a nombre del mismo en el Banco de España, ingresándose en el Tesoro Público el remanente líquido resultante.

Asimismo, esta orden se adecua a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es decir, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia, en los términos previstos en los apartados siguientes del citado precepto.

En virtud de la disposición final primera de la Orden del Ministro del Interior, de 17 de diciembre de 1997, y del artículo 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, dispongo:

Artículo único. Supresión de la Comisión Liquidadora del Patronato de Viviendas de la Guardia Civil.

Queda suprimida la Comisión Liquidadora del Patronato de Viviendas de la Guardia Civil al haberse llevado a término el objeto para el que fue creada.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Se deroga la Orden del Ministro del Interior, de 17 de diciembre de 1997, por la que se crea la Comisión Liquidadora del Patronato de Viviendas de la Guardia Civil, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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