ORDEN FORAL 94E/2024, DE 7 DE NOVIEMBRE, DE LA CONSEJERA DE CULTURA, DEPORTE Y TURISMO, POR LA QUE SE MODIFICA LA IMPUTACIÓN ANUAL DEL GASTO AUTORIZADO EN LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES PARA "AMPLIACIÓN DE EQUIPAMIENTOS Y ACONDICIONAMIENTO DE VÍAS CICLABLES E IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS DE REGULACIÓN EN ÁREAS DE ACOGIDA DE VISITANTES", APROBADA POR LA ORDEN FORAL 60E/2024, DE 15 DE MAYO, DE LA CONSEJERA DE CULTURA, DEPORTE Y TURISMO. PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA-FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA-NEXT GENERATION EU. IDENTIFICACIÓN BDNS: 761438.
Mediante Orden Foral 60E/2024, de 15 de mayo, de la consejera de Cultura, Deporte y Turismo, se aprobó la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones a entidades locales para "ampliación de equipamientos y acondicionamiento de vías ciclables e implantación de sistemas de regulación en áreas de acogida de visitantes". Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
Conforme a la base 2.ª de la convocatoria, se autorizó un gasto total de 1.528.795 euros para atender los compromisos derivados de la misma, con la siguiente financiación:
Tabla omitida.
La base 7.ª de la convocatoria establece que el plazo para la presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra (Boletín Oficial de Navarra número 123, de 14 de junio de 2024) y finalizará el 15 de noviembre de 2024.
El informe del Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo señala que, hasta el momento, no se ha presentado ninguna solicitud por actuaciones de gestión del uso público en espacios naturales (adecuación de áreas de acogida de visitantes).
Una vez se atiendan los posibles futuros compromisos de gasto por este tipo de actuaciones, ya que todavía está abierto el plazo de presentación de solicitudes, se necesita liberar lo antes posible el crédito disponible, ya que es un crédito necesario para atender otras necesidades del Plan de Sostenibilidad en Destinos "ACD Navarra rural", por ello es oportuno trasladarlo a 2025.
Los posibles futuros compromisos de gasto por concesiones de subvenciones por inversiones en la adecuación de áreas de acogida de visitantes se atenderían con cargo a la partida "A30001 A3100 7609 432103 (PEP: E22/000502-02) MRR Subvenciones a EELL" de los Presupuestos Generales de Navarra de gastos de 2025 y el resto del crédito no dispuesto se destinaría a atender otras necesidades del Plan de Sostenibilidad en Destinos "ACD Navarra rural".
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,
ORDENO:
1.º Modificar la imputación anual del gasto autorizado, establecida en la base 2.ª de la convocatoria de subvenciones a entidades locales para "ampliación de equipamientos y acondicionamiento de vías ciclables e implantación de sistemas de regulación en áreas de acogida de visitantes", aprobada por la Orden Foral 60E/2024, de 15 de mayo, de la consejera de Cultura, Deporte y Turismo, conforme al siguiente detalle:
Tabla omitida.
2.º Disminuir el crédito autorizado en los Presupuestos Generales de Navarra de gastos de 2024, correspondiente a la convocatoria de subvenciones a entidades locales para "ampliación de equipamientos y acondicionamiento de vías ciclables e implantación de sistemas de regulación en áreas de acogida de visitantes", conforme al siguiente detalle:
Tabla omitida.
3.º Incrementar el crédito autorizado en los Presupuestos Generales de Navarra de gastos de 2025, correspondiente a la convocatoria de subvenciones a entidades locales para "ampliación de equipamientos y acondicionamiento de vías ciclables e implantación de sistemas de regulación en áreas de acogida de visitantes", conforme al siguiente detalle:
Tabla omitida.
4.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, en cumplimiento del artículo 5.a) de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones, para garantizar una adecuada publicidad y transparencia de la modificación de las bases reguladoras de la citada convocatoria.
5.º Contra la presente orden foral cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en los artículos 126 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral y 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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