Ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19

 22/11/2024
 Compartir: 

Orden EMT/232/2024, de 18 de noviembre, por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de las ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, correspondientes a la primera, segunda y tercera convocatoria (DOGC de 21 de noviembre de 2024). Texto completo.

ORDEN EMT/232/2024, DE 18 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS EXTRAORDINARIAS DIRECTAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL EN RESPUESTA A LA PANDEMIA DE LA COVID-19, CORRESPONDIENTES A LA PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA CONVOCATORIA.

El 13 de marzo de 2021 entró en vigor el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo , de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, basado en el Marco nacional temporal notificado a la Comisión Europea y autorizado mediante la Decisión de la Comisión Europea SA.56851 (2020/N), de 2 de abril de 2020, y sus modificaciones.

Esta norma creó las ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, las cuales debían utilizarse para satisfacer la deuda y los pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos por los autónomos y empresas considerados elegibles.

En Cataluña, la gestión de las ayudas se ha llevado a cabo mediante tres convocatorias, con la finalidad de que las ayudas lleguen al máximo de personas beneficiarias y, al mismo tiempo, para maximizar la ejecución del presupuesto.

El 26 de julio de 2021 se publicó la Orden EMT/159/2021, de 23 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19 (DOGC núm. 8465, de 26.7.2021).

El 26 de octubre de 2021 se publicó la Orden EMT/198/2021, de 21 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, en relación con la Orden ECO/153/2021 (2a convocatoria) (DOGC núm. 8528, de 22.10.2021).

El 15 de diciembre de 2021 se publicó la Orden EMT/223/2021, de 30 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, en relación con la Orden ECO/209/2021, de 9 de noviembre (3a convocatoria) (DOGC núm. 8556, de 2.12.2021).

Las tres órdenes de bases mencionadas establecen en la base 11.1 que “el órgano competente para la instrucción del procedimiento es la persona titular de la Dirección General de Innovación y Emprendeduría, y lo resuelve la persona titular de la Secretaría de Empresa y Competitividad del Departamento de Empresa y Trabajo.”

El 22 de diciembre de 2022, el DOGC publicó el Acuerdo GOV/278/2022, de 20 de diciembre, por el que se crea el Programa de gestión de la línea de ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial. Tiene como objetivo principal la gestión de la línea de ayudas a la solvencia empresarial, y se adscribe a la Secretaría de Empresa y Competitividad del Departamento de Empresa y Trabajo. Al mismo tiempo, las funciones asignadas al Programa se vinculan exclusivamente a esta línea de ayudas.

El 14 de marzo de 2024 el DOGC publicó el Decreto 56/2024, de 12 de marzo , de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo, mediante el cual la Dirección General de Innovación, Economía Digital y Emprendeduría pasó a denominarse Dirección General de Innovación y Economía Digital.

El 16 de octubre de 2024, el DOGC publicó el Decreto 392/2024, de 15 de octubre , de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo, mediante el cual suprimió la Dirección General de Innovación y Economía Digital.

Visto que la supresión de la Dirección General de Innovación y Economía Digital implica, también, la supresión del órgano instructor de las ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial;

Visto que la gestión de las ayudas continúa actualmente, y que por lo tanto conviene modificar las tres órdenes de bases reguladoras mencionadas para designar a un nuevo órgano instructor;

Visto que las modificaciones propuestas no tienen efectos económicos;

Vistos los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada del Departamento de Empresa y Trabajo;

Dado el artículo 92.3 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre , y con los preceptos declarados básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones;

De acuerdo con las facultades que me otorga el artículo 39.3 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalitat y del Gobierno,

Ordeno:

Artículo 1

Modificación de las bases reguladoras de la primera convocatoria

Se modifica la base 11.1 de la Orden EMT/159/2021, de 23 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, correspondiente a la primera convocatoria, que queda redactada como sigue:

“La instrucción del procedimiento corresponde al coordinador o coordinadora del Programa de gestión de la línea de ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial, y la resolución, a la persona titular de la Secretaría de Empresa y Competitividad del Departamento de Empresa y Trabajo.”

Artículo 2

Modificación de las bases reguladoras de la segunda convocatoria

Se modifica la base 11.1 de la Orden EMT/198/2021, de 21 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, en relación con la Orden ECO/153/2021 (2a convocatoria), que queda redactada como sigue:

“La instrucción del procedimiento corresponde al coordinador o coordinadora del Programa de gestión de la línea de ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial, y la resolución, a la persona titular de la Secretaría de Empresa y Competitividad del Departamento de Empresa y Trabajo.”

Artículo 3

Modificación de las bases reguladoras de la tercera convocatoria

Se modifica la base 11.1 de la Orden EMT/223/2021, de 30 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, en relación con la Orden ECO/209/2021, de 9 de noviembre (3a convocatoria), que queda redactada como sigue:

“La instrucción del procedimiento corresponde al coordinador o coordinadora del Programa de gestión de la línea de ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial, y la resolución, a la persona titular de la Secretaría de Empresa y Competitividad del Departamento de Empresa y Trabajo.”

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el mismo día en que se publique en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  7. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  8. INAP: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (del 16 al 22 de septiembre de 2026)
  9. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  10. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana