Estructura orgánica del Departamento de Memoria y Convivencia, Acción Exterior y Euskera

 07/10/2024
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Orden Foral 130E/2024, de 26 de septiembre, de la Consejera de Memoria y Convivencia, Acción Exterior y Euskera, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Memoria y Convivencia, Acción Exterior y Euskera y del Organismo Autónomo Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera, a nivel de Negociados y otras unidades inferiores a la Sección (BON de 4 de octubre de 2024). Texto completo.

ORDEN FORAL 130E/2024, DE 26 DE SEPTIEMBRE, DE LA CONSEJERA DE MEMORIA Y CONVIVENCIA, ACCIÓN EXTERIOR Y EUSKERA, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE MEMORIA Y CONVIVENCIA, ACCIÓN EXTERIOR Y EUSKERA Y DEL ORGANISMO AUTÓNOMO EUSKARABIDEA-INSTITUTO NAVARRO DEL EUSKERA, A NIVEL DE NEGOCIADOS Y OTRAS UNIDADES INFERIORES A LA SECCIÓN.

Mediante Decreto Foral 239/2023, de 15 de noviembre , se estableció la estructura orgánica del Departamento de Memoria y Convivencia, Acción Exterior y Euskera, desarrollándose hasta el nivel de las Secciones.

Asimismo, por Decreto Foral 240/2023, de 15 de noviembre , se aprobaron los Estatutos de Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera y se estableció su estructura orgánica hasta nivel de Secciones.

El artículo 34.4 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral establece que los Negociados y otras unidades inferiores a las Secciones se crearán, modificarán y suprimirán mediante Orden Foral de la persona titular del Departamento en que hayan de integrarse dichas unidades.

Paralelamente, el artículo 28 del Decreto Foral 240/2023, de 15 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera, establece que la creación, modificación y supresión de Negociados se llevará a cabo por Orden Foral de la persona titular del Departamento de Memoria y Convivencia, Acción Exterior y Euskera.

Por su parte, el artículo 37.2 de la citada Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, dispone que podrán existir Negociados y otras unidades de rango inferior al de Secciones, a las que se atribuirán funciones de tramitación, inventario, registro, archivo y otras de trámite relacionadas con los asuntos que tengan asignados.

A la vista de los informes presentados por las Direcciones Generales de Memoria y Convivencia y de Acción Exterior, así como por la dirección-gerencia de Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera, se han identificado las áreas en las que se hace necesario reforzar la estructura orgánica en aras de garantizar la gestión óptima de las materias de su competencia.

Por todo ello, procede completar y adecuar la estructura y funciones del Departamento de Memoria y Convivencia, Acción Exterior y Euskera a nivel de negociados y otras unidades de rango inferior al de las Secciones.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo , de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

ORDENO:

CAPÍTULO I.-OBJETO Y ESTRUCTURA

Artículo 1. Objeto.

Esta Orden Foral tiene por objeto el desarrollo de la estructura y funciones, a nivel de negociados y otras unidades inferiores a la Sección, del Departamento de Memoria y Convivencia, Acción Exterior y Euskera y del Organismo Autónomo, Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera.

Artículo 2. Estructura de la Dirección General de Memoria y Convivencia.

La Dirección General de Memoria y Convivencia se estructura en el siguiente negociado:

-Negociado de Soporte y Gestión Administrativa adscrito a la Sección de Oficina de Atención a las Víctimas del Servicio de Convivencia y Derechos Humanos.

Artículo 3. Estructura de la Dirección General de Acción Exterior.

La Dirección General de Acción Exterior se estructura en las siguientes unidades, ambas adscritas a la Dirección General:

-Negociado de Coordinación Administrativa.

-Unidad de Asistencia de la Oficina Permanente de Navarra ante la Unión Europea.

Artículo 4. Estructura de Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera.

El Organismo Autónomo Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera se estructura en el siguiente Negociado:

-Negociado de Acreditación y Evaluación, adscrito a la Sección de Formación y Acreditación del Euskera del Servicio de Desarrollo del Euskera en las Administraciones Públicas.

CAPÍTULO II.-DIRECCIÓN GENERAL DE MEMORIA Y CONVIVENCIA

Artículo 5. Negociado de Soporte y Gestión Administrativa.

1. El Negociado de Soporte y Gestión Administrativa, adscrito a la Sección de Oficina de Atención a las Víctimas, ejercerá las siguientes funciones:

a) Impulso y seguimiento de la tramitación administrativa de los expedientes de la Comisión de Reconocimiento y Reparación.

b) Gestión y custodia de la documentación relativa a los expedientes y funcionamiento de la Comisión.

c) Control y mantenimiento de la base de datos.

d) Asistencia a los miembros de la Comisión, especialmente en las tareas ejercidas por las personas que ostenten la Presidencia y la Secretaría.

e) Coordinación con la Oficina de Atención a las Víctimas.

f) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas dentro del ámbito de su actividad.

CAPÍTULO III.-DIRECCIÓN GENERAL DE ACCIÓN EXTERIOR

Artículo 6. Negociado de Coordinación Administrativa.

El Negociado de Coordinación Administrativa queda adscrito a la Dirección General de Acción Exterior y ejercerá las siguientes funciones:

a) Coordinación y apoyo a la gestión administrativa de la Oficina Permanente de Navarra en la Unión Europea.

b) Gestión de la logística de los desplazamientos de la Dirección General.

c) Coordinación de la información y comunicación con el resto de las unidades orgánicas del Departamento de Memoria y Convivencia, Acción Exterior y Euskera.

d) Gestión de la secretaría de la Dirección General.

e) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 7. Unidad de Asistencia de la Oficina Permanente de Navarra ante la Unión Europea.

1. La Unidad de Asistencia de la Oficina Permanente de Navarra ante la Unión Europea, adscrita a la Dirección General de Acción Exterior, ejercerá las siguientes funciones:

a) Asistencia en el seguimiento de los trabajos del Comité Europeo de las Regiones de la Unión Europea, así como de diversas redes e instituciones europeas de interés para la Comunidad Foral de Navarra.

b) Apoyo administrativo a la Dirección General de Acción Exterior en el seguimiento del proceso de toma de decisiones de las Instituciones de la Unión Europea y obtención de información durante los procedimientos de producción normativa de dichas Instituciones, en lo que afecte a los intereses de la Comunidad Foral de Navarra.

c) Mantenimiento y asistencia en la colaboración de la Oficina con la Representación Permanente de España ante la Unión Europea y con las oficinas de otras Comunidades Autónomas de España o entes similares de otros Estados miembros, instaladas en Bruselas.

d) Facilitación de la coordinación de la Dirección General de Acción Exterior y la Oficina en la búsqueda activa de oportunidades empresariales y financieras para el sector público y privado de la Comunidad Foral de Navarra en coordinación con la Oficina de Proyectos Europeos.

e) Asistencia a los distintos departamentos de Gobierno de Navarra en sus misiones y visitas a Bruselas.

f) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas dentro del ámbito de su actividad.

2. La Unidad de Asistencia de la Oficina Permanente de Navarra ante la Unión Europea con destino en Bruselas se prestará en régimen de dedicación exclusiva y tendrá un complemento de puesto de trabajo del 70 por ciento de su nivel.

CAPÍTULO IV.-EUSKARABIDEA-INSTITUTO NAVARRO DEL EUSKERA

Artículo 8. Negociado de Acreditación y Evaluación.

El Negociado de Acreditación y Evaluación queda adscrito a la Sección de Formación y Acreditación del Euskera y ejercerá las siguientes funciones:

a) Realización de las pruebas de acreditación de conocimiento del euskera vinculadas a la formación o a los diferentes procesos selectivos, así como mantener el Registro de Acreditaciones.

b) Puesta en marcha de sistemas de evaluación de la formación y el impacto en los puestos de trabajo.

c) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas dentro del ámbito de su actividad.

Disposición Adicional Primera.-Confirmación de nombramientos.

En Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera, se confirma el nombramiento de la persona titular del Negociado de Acreditación y Evaluación.

Disposición Adicional Segunda.-Supresión de Negociados.

1. Se suprime el Negociado de Asuntos Administrativos y de Personal de la Secretaría General Técnica del Departamento de Memoria y Convivencia, Acción Exterior y Euskera.

2. En Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera, se suprime el Negociado de Programas adscrito a la Dirección-Gerencia.

Disposición Derogatoria Única.-Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden Foral.

Disposición Final Única.-Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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