ORDEN EMT/203/2024, DE 25 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE APOYO A LOS TERRITORIOS CON MAYORES NECESIDADES DE REEQUILIBRIO TERRITORIAL Y SOCIAL: PROYECTO TRABAJO EN LOS BARRIOS (SOC - TRABAJO EN LOS BARRIOS).
La Estrategia Catalana para el Empleo de Calidad 2022-2027 establece los criterios, las directrices, las prioridades y los objetivos de la política de empleo de Catalunya con carácter plurianual, planifica las líneas de actuación en los ámbitos de las políticas de empleo de acuerdo con las directrices estratégicas europeas y estatales, e incorpora las previsiones presupuestarias y el origen previsible de los recursos necesarios para ejecutarlas. En el marco de su línea estratégica 3 (Cooperación y territorialización) se incluye específicamente el objetivo 3 consistente en “Intervenir específicamente en barrios y áreas urbanas desfavorecidas, con altos niveles de desempleo y riesgo de exclusión, para que no se conviertan en un factor más de desagregación y desigualdad en el mercado de trabajo”, así como el objetivo 4 consistente en “Reforzar la capacidad estratégica y técnica local y territorial y la promoción de innovación en el desarrollo de políticas de empleo y desarrollo local”.
El artículo 16 de la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña, establece en su apartado primero que “los servicios ocupacionales son el conjunto de servicios y programas públicos que integran las políticas de empleo de Cataluña” y establece específicamente como uno de ellos, en su letra f), el de “la promoción de la creación de empleo y el desarrollo económico local y el fomento de la contratación”.
Es necesario entender el desarrollo local como el conjunto de iniciativas o proyectos integrados que tienen como objetivo favorecer un proceso reactivador de la economía y dinamizador de las sociedades locales, que mediante el aprovechamiento de los recursos endógenos existentes en el territorio y la cooperación de sus actores, estimulen, fomenten y diversifiquen la actividad económica, creando empleo, renta y riqueza, y mejorando la calidad de vida y el bienestar de las poblaciones territoriales locales.
De acuerdo con la misma Ley 13/2015, de 9 de julio, uno de los principios rectores del sistema de empleo de Catalunya es la cohesión y reequilibrio territorial, por lo que "El sistema de empleo de Catalunya debe promover políticas de empleo adaptadas a las características y necesidades del mercado de trabajo de cada territorio, con una especial atención en los territorios con un tejido productivo menos desarrollado".
En este sentido, el Gobierno quiere intervenir de una manera prioritaria en aquellas áreas urbanas que, por sus características, requieren una atención especial de la Administración con el fin de mejorarlas desde el punto de vista ocupacional, social y económico, con el objetivo de contribuir al equilibrio social y territorial del territorio catalán. A tal efecto, el Programa de apoyo a los territorios con mayores necesidades de reequilibrio territorial y social: Proyecto Trabajo en los barrios, pone a disposición de las entidades beneficiarias un conjunto de acciones en el ámbito del empleo y del desarrollo local que dejan a iniciativa de cada municipio el diseño y la planificación sobre qué actuaciones pueden encajar mejor en su propio proyecto.
Tras la evaluación del Programa realizada a lo largo de 2022, se ha considerado la conveniencia de publicar una nueva orden de bases que, a pesar de mantener el objeto del programa y sus características básicas, incluye tres grandes líneas de mejora con respecto a su diseño: el replanteamiento de la selección de las áreas de intervención utilizando una metodología objetiva y transparente basada en la aplicación del Índice Socioeconómico Territorial (IST), la reconceptualización de la carta de servicios del programa para potenciar un despliegue más equilibrado entre las actuaciones ocupacionales y las de dinamización de los tejidos productivos locales, y la reformulación de los criterios de valoración con el fin de priorizar aquellos proyectos que realicen un mejor aprovechamiento del potencial de la carta de servicios del programa, con el fin de reforzar el impacto de los fondos públicos invertidos.
Finalmente, el 30 de diciembre de 2022 se publicó la Ley 11/2022, de 29 de diciembre, de mejora urbana, ambiental y social de los barrios y las villas, siendo uno de los objetivos generales justamente “Estimular la actividad económica de los barrios y las villas, poniendo énfasis en la economía de proximidad, social y solidaria, y fomentar el empleo”. Esta Ley prevé, entre otros, el impulso de medidas para “Incrementar el empleo efectivo y de calidad, y promover y diversificar el tejido productivo local, fomentando el comercio de proximidad y la economía social y solidaria.” Por lo tanto, hay que considerar el Programa de apoyo a los territorios con mayores necesidades de reequilibrio territorial y social: Proyecto Trabajo en los barrios, como un vehículo para la consecución de los objetivos de política social que establece la Ley 11/2022, de 29 de diciembre, que debe desplegar el Departamento de Territorio de la Generalitat de Catalunya.
Considerando que las administraciones locales beneficiarias del Programa de apoyo a los territorios con mayores necesidades de reequilibrio territorial y social: Proyecto Trabajo en los barrios, actúan como parte integrante del sistema de empleo de Catalunya con el fin de dar cumplimiento a uno de los objetivos específicos del sistema de empleo de Catalunya, y que ni la naturaleza ni la finalidad de los proyectos subvencionados a las entidades locales beneficiarias puede considerarse actividad económica en el mercado, las subvenciones reguladas en la presente Orden no tienen la consideración de ayudas de estado y no se enmarcan en el ámbito de aplicación del artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Considerando la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno;
Considerando el Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública;
Considerando la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña;
Considerando la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres;
Considerando la Ley 19/2020, de 30 de diciembre, de igualdad de trato y no discriminación;
Considerando la Ley 11/2014, de 10 de octubre, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia;
Considerando la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia;
Considerando el Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalitat y su sector público, y se aprueba el texto íntegro;
Considerando la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones;
Considerando que el 11 de mayo de 2022 se dicta la Resolución por la que se aprueba el Plan estratégico de subvenciones del Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Catalunya para el período 2022-2025, que incluye la previsión de las ayudas públicas del Servicio Público de Empleo de Cataluña, en el que se prevé impulsar el Programa de apoyo a los territorios con mayores necesidades de reequilibrio territorial y social: Proyecto Trabajo en los barrios.
Vistos los informes del Área Jurídica de Trabajo y de la Intervención Delegada, con la aprobación previa del Consejo de Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña, a propuesta de la persona titular de la Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña, y en uso de las facultades que me confieren de acuerdo con el artículo 27.e.bis) de la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña, y el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya,
Por todo ello,
Ordeno:
Artículo único
Aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Programa de apoyo a los territorios con mayores necesidades de reequilibrio territorial y social: Proyecto Trabajo en los barrios, que se detallan en el anexo 1 de esta Orden.
Disposición adicional primera
Esta Orden se entiende automáticamente modificada por la normativa comunitaria, estatal o autonómica que se pueda promulgar después de que haya entrado en vigor.
Las referencias a la normativa concreta que se aplica se entenderán realizadas por remisión a la normativa que las pueda sustituir en el futuro.
Disposición adicional segunda
Se autoriza la persona titular de la Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña para que dicte las resoluciones de convocatoria correspondientes y las disposiciones que considere oportunas para el despliegue de esta Orden.
Disposición transitoria primera
En los procedimientos de subvenciones convocados antes de la entrada en vigor de la presente Orden, no les es de aplicación, y se rigen por la normativa anterior.
Disposición derogatoria
Queda derogada la Orden TSF/122/2018, de 23 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al Programa de apoyo a los territorios con mayores necesidades de reequilibrio territorial y social: Proyecto Trabajo en los barrios, modificada por la Orden TSF/171/2020, de 7 de octubre.
Disposición final
Entrada en vigor
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Anexos
Omitidos.
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