Información pública el anteproyecto de ley de vivienda de Andalucía

 31/07/2024
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Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General de Vivienda, acordando someter al trámite de información pública el anteproyecto de ley de vivienda de Andalucía (BOJA de 30 de julio de 2024). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 24 DE JULIO DE 2024, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE VIVIENDA, ACORDANDO SOMETER AL TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA EL ANTEPROYECTO DE LEY DE VIVIENDA DE ANDALUCÍA.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en sesión celebrada el 23 de julio de 2024, ha tomado conocimiento del acuerdo de inicio del anteproyecto de ley de vivienda de Andalucía, y ha acordado que por la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, se prosiga su tramitación preceptiva.

El artículo 43.6 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que, cuando la naturaleza de la disposición lo aconseje, esta será sometida a audiencia e información pública durante un plazo razonable no inferior a quince días, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que la agrupe o la represente y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición.

El artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando la norma afecte a los derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.

Por otro lado, el apartado tercero del citado artículo 133 dispone que la audiencia e información pública deberán realizarse de forma tal que los potenciales destinatarios de la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su opinión, para lo cual deberá ponerse a su disposición los documentos necesarios, que serán claros y concisos, y reunirán toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia.

El anteproyecto de ley tiene por objeto abordar la problemática de acceso a la vivienda desde distintas perspectivas, estableciendo las condiciones necesarias para garantizar este derecho, promover la emancipación de los jóvenes, garantizar la habitabilidad de las viviendas existentes, y proteger a las personas con mayores dificultades. Se pretende realizar una revisión, actualización y unificación del marco legislativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de vivienda, actualmente disperso, complejo y obsoleto, siendo su ámbito de aplicación toda la vivienda en Andalucía, libre, protegida, nueva o usada.

En consecuencia, resulta conveniente que el texto del mismo se someta a la mayor difusión posible, al objeto de dar a conocer dicho documento a la ciudadanía y los agentes con interés en la materia para que puedan realizar las observaciones y aportaciones que estimen de interés.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 43.6 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, así como en el artículo 133.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y atendiendo al Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de fecha 23 de julio de 2024,

R E S U E L V O

Primero. Someter el anteproyecto de ley de vivienda de Andalucía al trámite de audiencia e información pública, durante el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. El texto del anteproyecto de ley quedará expuesto durante dicho plazo, para su general conocimiento:

a) En formato digital, en el Portal de la Junta de Andalucía mediante el punto de acceso identificado con la expresión “participación pública en proyectos normativos”:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/523006.html

b) En formato papel, en las dependencias administrativas de la Secretaría General de Vivienda de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, sita en calle Pablo Picasso, núm. 6, 41071 Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre .

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al anteproyecto de ley de vivienda de Andalucía deberán dirigirse a la persona titular de la Secretaría General de Vivienda de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda (indicando el Número de Identificación Fiscal y el nombre y apellidos de las personas físicas; en el caso de las personas jurídicas, deberán indicar su denominación y número de Identificación Fiscal) y se presentarán:

a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus escritos en formato digital y abierto en la dirección electrónica: leyvivienda.sgv.cfatv@juntadeandalucia.es

Asimismo, se podrán presentar en formato electrónico en el Registro Electrónico Único en la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General

https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml

o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico Único en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía, en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, sita en calle Pablo Picasso, núm. 6, 41071 Sevilla, o bien en cualquiera otra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Cuarto. En cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la documentación correspondiente a este proyecto normativo estará disponible en el Portal de Transparencia, al que se podrá acceder a través del siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/servicios/normativa/normas-elaboracion/detalle/522988.html

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