Subvenciones destinadas a la elaboración, actualización e implementación de los Planes de Movilidad Urbana Sostenible

 26/06/2024
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Extracto de la Resolución de 14 de junio de 2024, por la que se convocan subvenciones destinadas a la elaboración, actualización e implementación de los Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) por los Ayuntamientos de Canarias con población de hasta cien mil habitantes (100.000), correspondiente a la anualidad 2024 (BOC de 25 de junio de 2024). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 14 DE JUNIO DE 2024, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A LA ELABORACIÓN, ACTUALIZACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LOS PLANES DE MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE (PMUS) POR LOS AYUNTAMIENTOS DE CANARIAS CON POBLACIÓN DE HASTA CIEN MIL HABITANTES (100.000), CORRESPONDIENTE A LA ANUALIDAD 2024.

BDNS (Identif.): 768545.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768545).

Primero.- Beneficiarios.

Los beneficiarios de la subvención serán aquellos Ayuntamientos con una población de hasta 100.000 habitantes, contabilizado en el último padrón publicado por el ISTAC, tanto para los Ayuntamientos que soliciten subvención para la Línea 1 como los que soliciten para Línea 2.

Segundo.- Finalidad.

Convocar para el ejercicio 2024 la concesión de subvenciones de dos líneas de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva:

1.- Línea 1: destinada a la elaboración y/o actualización de los Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) para los Ayuntamientos de Canarias con una población de hasta 100.000 habitantes.

2.- Línea 2: destinada a la implementación de los Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) para los Ayuntamientos de Canarias con una población de hasta 100.000 habitantes.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden de 9 de septiembre de 2021, publicada en el Boletín Oficial de Canarias de n.º 194, de 21 de septiembre de 2021, modificada por la Orden de 14 de abril de 2023, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 92, de 12 de mayo de 2023.

Cuarto.- Importe.

El importe de los créditos presupuestarios, que asciende a dos millones seiscientos noventa y un mil quinientos setecientos quince euros con ochenta y seis céntimos (2.691.715,86 euros) que se repartirá entre las dos líneas de actuación de la siguiente forma:

• Línea 1: 191.715,86 euros.

• Línea 2: 2.500.000,00 euros.

Quinto.- Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo de admisión de solicitudes será de veinte (20) días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, siendo la ruta de acceso la siguiente: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/

El texto íntegro de la convocatoria estará disponible a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BDNS).

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