CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 2795-2024, EN RELACIÓN CON LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA DE LA LEY 6/2019, DE 4 DE ABRIL, DE COORDINACIÓN DE LAS POLICÍAS LOCALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, POR POSIBLE VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 149.1.18.ª CE
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 17 de junio de 2024, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2795-2024 planteada por la Sección 1.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el recurso de apelación núm. 195-2022, en relación con la disposición transitoria quinta de la Ley 6/2019, de 4 de abril , de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por posible vulneración del artículo 149.1.18.ª CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso de apelación núm. 195-2022, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.
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