Premios Juventud Andaluza 2024

 14/06/2024
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Resolución de 7 de junio de 2024, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se amplía el plazo de presentación de candidaturas a los Premios Juventud Andaluza 2024 (BOJA de 13 de junio de 2024). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 7 DE JUNIO DE 2024, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA JUVENTUD, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS A LOS PREMIOS JUVENTUD ANDALUZA 2024.

Mediante Resolución de 7 de mayo de 2024 (BOJA núm. 91, de 13 de mayo de 2024), de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, se establecieron las bases reguladoras y se convocaron los Premios Juventud Andaluza en su edición de 2024, con la finalidad de distinguir y otorgar reconocimiento público a la labor desarrollada por personas jóvenes que, por su dedicación en su trabajo y su implicación personal, ponen de manifiesto su compromiso en distintos ámbitos de la sociedad; así como la labor y trayectoria de colectivos y entidades que, en sus respectivos ámbitos de actividad, realizan un trabajo o una actividad relevante que repercute de forma positiva en el desarrollo de la juventud de Andalucía.

En la base quinta, apartado 6, de la Resolución de 7 de mayo de 2024, se establece que el plazo de presentación de las candidaturas, acompañadas de la documentación que se requiere, será de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se publique la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, por lo que finalizaría el día 13 de junio de 2024.

Es de interés del Instituto Andaluz de la Juventud que puedan concurrir a estos premios en cada una de sus modalidades el mayor número posible de jóvenes. Por ello, en aras de obtener la máxima difusión y favorecer una mayor participación en los Premios Juventud Andaluza 2024, se estima conveniente la ampliación del plazo de presentación de candidaturas establecido en la precitada resolución.

El artículo 32 , apartado 1 , de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que “La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados”. Asimismo, el apartado 3 del mismo artículo, señala que “tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate”.

Valorando pues las circunstancias concurrentes expuestas anteriormente y teniendo en cuenta que con dicha demora no se perjudican derechos de terceros, no ha vencido el plazo que se pretende ampliar, ni supondrá el incumplimiento del plazo legal para resolver y notificar el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el apartado 3.3 de la disposición adicional primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre , en el artículo 9 del Decreto 118/1997, de 22 de abril, y demás normas de general aplicación

HE RESUELTO

Primero. Ampliar en 15 días naturales el plazo de presentación de candidaturas a los Premios Juventud Andaluza 2024, esto es, hasta el día 28 de junio de 2024.

Segundo. Contra el presente acuerdo de ampliación del plazo de presentación de las candidaturas no cabe recurso alguno.

Tercero. La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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