RESOLUCIÓN 125E/2024, DE 30 DE ABRIL, DEL DIRECTOR GENERAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE "SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE NAVARRA PARA ACCIONES INNOVADORAS EN MATERIA DE URBANISMO MEDIANTE ELABORACIÓN DE DOCUMENTOS O ACTUACIONES EN ESPACIOS PÚBLICOS" DURANTE EL EJERCICIO 2024. IDENTIFICACIÓN BDNS: 758090.
Desde el año 2020, la Dirección General de Ordenación del Territorio ha convocado ayudas a entidades locales de Navarra, con el objetivo de impulsar la realización de acciones urbanísticas a escala local que contribuyan con el desarrollo territorial y urbano sostenible e inclusivo persiguiendo los principios de sostenibilidad, compacidad, complejidad de usos y de cohesión social.
Ayudas incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, con los números de registro 58 y 60, dentro de las líneas de subvenciones del Departamento de Cohesión Territorial. "Subvenciones a entidades locales para acciones innovadoras en urbanismo" y "Subvenciones a entidades locales para inversiones en acciones innovadoras en urbanismo", respectivamente.
Ayudas en coherencia con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (https://planderecuperacion.gob.es/) del Gobierno de España y sus políticas palanca, en concreto, con la política palanca I Agenda urbana y rural con sus componentes referidos a movilidad sostenible segura y conectada y regeneración urbana, o la política palanca II Infraestructuras y ecosistemas resilientes para el desarrollo de soluciones basadas en la naturaleza con sus componentes conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad, mejorando los servicios ecosistémicos.
Acciones que contribuyen con el ODS 11: ciudades y comunidades sostenibles, que persigue lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles y sus metas, como la Meta 11.3: aumentar la urbanización inclusiva y sostenible, la Meta 11.4: proteger el patrimonio cultural y natural, la Meta 11.6: reducir el impacto ambiental negativo, prestando especial atención a la calidad del aire y gestión de residuos, y la Meta 11.7: proporcionar el acceso universal a espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles.
Asimismo, contribuyen con el ODS 3: salud y bienestar que persigue garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades, ya que las actuaciones subvencionadas tienen como fin mejorar la calidad de vida de quienes habitan barrios, pueblos y ciudades de Navarra.
Ayudas que buscan alcanzar el modelo urbano por el que apuesta la Agenda Urbana Española (https://www.aue.gob.es/que-es-la-aue) (AUE) inspirado en el principio de desarrollo territorial y urbano sostenible según establece la legislación estatal en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Principio que se concretan en la AUE en un decálogo de Objetivos Estratégicos con sus correspondientes Objetivos Específicos y que son base inspiradora para las acciones que se subvencionan y que deben contribuir objetivos tales como:
OE1.1.-Ordenar el suelo de manera compatible con su entorno territorial.
OE1.2.-Conservar y mejorar el patrimonio natural y cultural y proteger el paisaje.
OE1.3.-Mejorar las infraestructuras verdes y azules y vincularlas con el contexto natural.
OE 2.1.-Definir un modelo urbano que fomente la compacidad, el equilibrio urbano.
OE 2.2.-Garantizar la complejidad funcional y diversidad de usos.
OE 2.3.-Garantizar la calidad y accesibilidad universal de los espacios públicos.
OE 2.4.-Mejorar el medio ambiente urbano y reducir la contaminación.
OE 2.5.-Impulsar la regeneración urbana.
OE 3.1.-Adaptar el modelo territorial y urbano a los efectos del cambio climático.
OE 3.2.-Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
OE 3.3.-Mejorar la resiliencia frente al cambio climático.
OE 4.1.-Ser más eficiente energéticamente y ahorrar energía.
OE 4.2.-Optimizar y reducir el consumo de agua.
OE 4.3.-Fomentar el ciclo de los materiales.
OE 4.4.-Reducir residuos y favorecer su reciclaje.
OE 5.1.-Favorecer la ciudad de proximidad.
OE 5.2.-Potenciar los modos de transporte sostenibles.
OE 6.2.-Buscar la igualdad de oportunidades desde una perspectiva de género, edad y discapacidad.
OE 7.2.-Fomentar el turismo sostenible y de calidad y los sectores clave de la economía local.
OE 10.2.-Asegurar la participación ciudadana, la transparencia y favorecer la gobernanza multinivel.
Estos objetivos están directamente relacionados con las acciones subvencionadas por la Dirección General de Ordenación del Territorio en las convocatorias de ayudas para acciones innovadoras en materia de urbanismo que se convocan nuevamente en 2024 y que persiguen mejorar la calidad de vida de los habitantes de pueblos y ciudades de Navarra y el desarrollo territorial y urbano sostenible de la localidad.
En estas acciones, el espacio público se convierte en un elemento estructural clave, como espacio de convivencia ciudadana que debe garantizar su calidad y cualidad, facilitar su uso por toda la ciudadanía, y que debe adaptarse a las nuevas condiciones climáticas y a los nuevos requisitos sobre eficiencia energética, salud colectiva, accesibilidad universal y seguridad, conforme al OE 2.3 de la AUE: garantizar la calidad y accesibilidad universal de los espacios públicos.
También el paisaje urbano y natural, se revela como recurso a poner en valor, con el fin de desarrollar todo su potencial y garantizar un nivel adecuado de conservación y mantenimiento, en línea con el OE 1.2 de la AUE: conservar y mejorar el patrimonio natural y cultural y proteger el paisaje.
Otras acciones, pueden responden también a líneas de actuación y objetivos de la AUE relacionados con el cambio climático, la eficiencia energética o la infraestructura verde.
La Comunidad Foral de Navarra, mediante su legislación, estrategias e instrumentos vigentes, contribuye a la consecución de objetivos y compromisos de cohesión territorial y de desarrollo sostenible, definiendo principios, criterios, objetivos y líneas de actuación específicos en materia de paisaje y de desarrollo urbano sostenible e inclusivo, entre ellas:
-Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio , por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo (artículos 52 y 53).
-Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo , de Cambio Climático y Transición Energética.
-Ley Foral 17/2019 de 4 de abril , de Igualdad entre Hombres y Mujeres.
-Los Planes de Ordenación Territorial (artículos 40, 52, 56, 75, 79, 80 referidos al POT 1).
-La Estrategia de Envejecimiento Activo y saludable 2017-2022 (Área Estratégica 7) y su Plan de Acción (Eje 2).
-Otros documentos y guías con incidencia en el territorio y que pueden ayudar a definir acciones subvencionables y valorar la contribución con la finalidad de la convocatoria tales como: documentos de Paisaje, Guías de integración paisajística, Guía de adaptación al cambio climático en el planeamiento municipal, Guía de urbanismo, arquitectura y cambio climático, el documento de Infraestructura Verde del área de Pamplona y municipios del entorno, Guía para las ciudades, pueblos y barrios amigables con la edad o la Estrategia de Lucha contra la Despoblación de Navarra, recientemente elaborada por el Departamento de Cohesión Territorial.
En el marco estatal destacar la Guía para planificar ciudades saludables (https://www.sanidad.gob.es/areas/promocionPrevencion/entornosSaludables/local/estrategia/herramientas/docs/Guia_Planificar_Ciudades_Saludables.pdf) (Ministerio de salud 2022) que ha sido base para impulsar entornos saludables y facilitar estilos de vida saludables a través de la oferta de áreas atractivas al aire libre, espacios verdes, red adecuada para la movilidad activa y acceso a servicios públicos esenciales, en coherencia con la Estrategia de Envejecimiento antes mencionada. Las líneas que señala la guía son: una ciudad pensada para caminar. Introducir la naturaleza en los barrios de municipios y entidades locales. Configurar espacios de encuentro y convivencia.
En definitiva, legislación, estrategias, instrumentos y documentos que definen principios, criterios, objetivos y líneas de actuación específicos para mejorar las ciudades y los pueblos navarros, en coherencia con el ODS 11 y el ODS 3 de la Agenda 2030 y con los Objetivos Estratégicos de la Agenda Urbana Española.
Conforme a todo lo anterior, la Dirección General de Ordenación del Territorio propone, establecer y publicar mediante esta resolución las bases que regulen en el año 2024 el régimen de subvenciones para la realización de acciones innovadoras en materia de urbanismo, cuya finalidad es facilitar que las entidades locales cuenten con herramientas que identifiquen, concreten y lleven a cabo acciones urbanísticas para contribuir a los objetivos de desarrollo urbano y territorial sostenible, y desarrollen un urbanismo centrado en las personas.
Por su parte, el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (ISPLN) ha considerado la convocatoria del Servicio de Territorio y Paisaje como una oportunidad para impulsar entornos saludables. Por ello, mediante Acuerdo de 23 de febrero de 2024 entre el Departamento de Cohesión Territorial y el Departamento de Salud (Boletín Oficial de Navarra número 62, de 22 de marzo de 2024), se ha autorizado conjuntamente una encomienda de gestión a la Dirección General de Ordenación del Territorio, para promover el envejecimiento activo y saludable a través de inversiones en espacios públicos.
La presente convocatoria comprende dos líneas:
-Línea A. Elaboración de documentos, que se divide en:
A1) Documentos Marco.
A2) Ordenanzas específicas.
-Línea B. Actuaciones en espacios públicos, en la que se distinguen:
B1) Inversiones en espacios públicos:
Tipo A. Genéricas.
Tipo B. Específicas para envejecimiento activo.
B2) Proyectos en espacios públicos.
Las partidas habilitadas en los Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio de 2024 destinadas a atender la presente convocatoria son las siguientes:
-Partida "240000 24100 4609 261700 Subvenciones a entidades locales para acciones innovadoras en urbanismo", con una dotación de 125.000 euros.
-Partida "240000 24100 7609 261703 Subvenciones a entidades locales para inversiones en acciones innovadoras en urbanismo", con una dotación de 350. 000 euros.
-Partida "520001 51200 7609 313900 Subvenciones para equipamiento a entidades municipales envejecimiento activo", con una dotación de 120.000 euros.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 7 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y el Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre , por el que se establece la estructura básica del Departamento de Cohesión Territorial.
RESUELVO:
1. Autorizar un gasto de 125.000 euros, con cargo a la partida "240000 24100 4609 261700 Subvenciones a entidades locales para acciones innovadoras en urbanismo" de los Presupuestos Generales de Navarra de 2024, para atender los compromisos derivados de la convocatoria, en relación a su línea A. Elaboración de documentos.
2. Autorizar un gasto de 300.000 euros, con cargo a la partida "240000 24100 7609 261703 Subvenciones a entidades locales para inversiones en acciones innovadoras en urbanismo" de los Presupuestos Generales de Navarra de 2024, para atender los compromisos derivados de la convocatoria, en relación a su línea B1. Tipo A. Inversiones en espacios públicos, genéricas.
3. Autorizar un gasto de 50.000 euros, con cargo a la partida "240000 24100 7609 261703 Subvenciones a entidades locales para inversiones en acciones innovadoras en urbanismo" de los Presupuestos Generales de Navarra de 2024, para atender los compromisos derivados de la convocatoria, en relación a su línea B2. Proyectos en espacios públicos.
4. Aprobar la convocatoria de "Subvenciones a entidades locales de Navarra para acciones innovadoras en materia de urbanismo mediante elaboración de documentos o actuaciones en espacios públicos" durante el ejercicio 2024, que correrá a cargo de las siguientes partidas presupuestarias:
Ver tabla completa
Tabla omitida.
5. Aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la convocatoria, que se recogen en los anexos de esta resolución.
6. Publicar esta resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra y comunicarla a la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones.
7. Trasladar la presente resolución al Servicio de Territorio y Paisaje, a la Sección de Gestión Económico Presupuestaria (Negociado de Gestión Económica), a la Intervención Delegada de Economía y Hacienda y al Servicio de Promoción de Salud del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, a los efectos oportunos.
8. Contra esta resolución y sus bases podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y el plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Anexos
Omitidos.
Noticia aún sin comentar.
Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:
Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.