Subvenciones para proyectos de fortalecimiento de la estructura y las capacidades de las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo

 29/11/2023
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Resolución EXT/3951/2023, de 24 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de fortalecimiento de la estructura y las capacidades de las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (DOGC de 28 de noviembre de 2023). Texto completo.

RESOLUCIÓN EXT/3951/2023, DE 24 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE FORTALECIMIENTO DE LA ESTRUCTURA Y LAS CAPACIDADES DE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.2.c) de la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo, la Administración de la Generalitat debe otorgar ayudas y subvenciones y establecer convenios de cooperación u otras fórmulas de colaboración con los agentes de cooperación a los que se hace referencia en el apartado 1 del citado artículo 29 que tengan por finalidad la consecución de los objetivos incluidos en el plan director y en los planes anuales de cooperación al desarrollo.

En virtud del artículo 51 de la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, por la que se crea la Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo (ACCD), y de la letra a) del artículo 3.2 de los estatutos de la ACCD, aprobados por el Decreto 236/2003, de 8 de octubre, la ACCD puede efectuar convocatorias públicas para otorgar subvenciones y financiar proyectos de cooperación al desarrollo.

La normativa aplicable al ámbito subvencional está regulada por el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre (especialmente la sección sexta del capítulo IX); por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones, y del Real decreto 887/2006, de 21 de julio , por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003; por el Acuerdo del Gobierno de 22 de julio de 2014, por el que se aprueba la Instrucción para la unificación de criterios en la gestión general de las subvenciones tramitadas por la Generalitat de Catalunya y por los entes que conforman su sector público; y por la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio , sobre las formas de justificación de subvenciones.

El Consejo de Administración de la ACCD aprobó, en la sesión de fecha 20 de noviembre de 2023, las líneas maestras de las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para proyectos de fortalecimiento de la estructura y las capacidades de las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo.

La letra a) del primer punto del Acuerdo del Consejo de Administración de la ACCD de 26 de octubre de 2017 -por el que se delegan funciones en la Dirección de la ACCD (publicado en el DOGC núm. 7699, de 4.9.2018, mediante la Resolución EXI/2024/2018, de 26 de julio)-, dispone que corresponde a la Dirección de la ACCD, por delegación, aprobar las bases reguladoras de subvenciones y realizar la convocatoria correspondiente, así como resolver su concesión.

En uso de las atribuciones que me confiere la normativa vigente,

Resuelvo:

-1 Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de fortalecimiento de la estructura y las capacidades de las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que constan en el anexo 1.

-2 Derogar la Resolución EXI/1563/2021, de 19 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras generales del procedimiento para la concesión de subvenciones en el ámbito de la cooperación al desarrollo (DOGC núm. 8418, de 26.5.2021), que mantenía su vigencia exclusivamente en relación con la concesión de subvenciones destinadas al fortalecimiento de las capacidades del tejido asociativo de las entidades catalanas comprometidas con los objetivos de desarrollo sostenible, la igualdad de género y los derechos humanos.

Derogar la Resolución EXT/3324/2022, de 13 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras específicas del procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas al fortalecimiento de las capacidades del tejido asociativo de las entidades catalanas con compromiso con los objetivos de desarrollo sostenible, la igualdad de género y los derechos humanos (DOGC núm. 8782, de 28.10.2022).

-3 Establecer que esta Resolución surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Contra esta resolución o sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Anexos

Omitidos.

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