Actividades de formación en bienestar animal, bioseguridad, higiene y sanidad animal

 22/11/2023
 Compartir: 

Orden 186/2023, de 13 de noviembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 58/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se regulan las actividades de formación en bienestar animal, bioseguridad, higiene y sanidad animal (DOCM de 21 de noviembre de 2023). Texto completo.

ORDEN 186/2023, DE 13 DE NOVIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 58/2021, DE 27 DE ABRIL, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE REGULAN LAS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN EN BIENESTAR ANIMAL, BIOSEGURIDAD, HIGIENE Y SANIDAD ANIMAL.

Con fecha 30 de abril, se publicó en el DOCM n.º 82 la Orden 58/2021 de 27 de abril , de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se regulan las actividades de formación en bienestar animal, bioseguridad, higiene y sanidad animal.

Dicha orden refleja la necesidad de implementar los conocimientos en materia de bioseguridad, bienestar, higiene y sanidad animal ya que las repercusiones de las enfermedades transmisibles de los animales y de las medidas necesarias para controlar dichas enfermedades pueden ser devastadoras para los animales individualmente y para las poblaciones de animales, los poseedores de animales y la economía.

Los requisitos de los cursos específicos de bienestar animal en explotaciones de pequeños rumiantes, en el caso de solicitarse la ayuda del Programa de Desarrollo Rural, han sido detallados en la Orden de 83/2023, de 14 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 7/2018, de 29 de enero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al bienestar animal prevista en la medida 14 del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2022, y se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, para la incorporación a las ayudas en 2023.

En este contexto, se considera necesario excepcionar los requisitos establecidos en el apartado 1.b) y c) del artículo 7 y en el apartado 1 del artículo 10 de la orden, de modo que, para estos cursos, no resultaría de aplicación el límite de 40 alumnos por edición, ni el plazo marcado de 20 días de antelación para la comunicación de cada una de las ediciones del curso. La aplicación de estas excepciones para estos cursos en concreto, se fundamenta en la diferente finalidad respecto del resto de cursos regulados en la orden, al haber sido concebidos exclusivamente como requisito para la percepción de la ayuda.

Por tanto, el objeto de la presente orden, es incluir algunas consideraciones en la Orden 58/2021, de 27 de abril , de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, modificando la Sección VI del Anexo I y exceptuando el requisito establecido en el artículo 7.b para adaptarlo a las condiciones establecidas en la mencionada anteriormente Orden 83/2023, de 14 de abril.

En virtud de lo expuesto y en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Consejería por el Decreto 107/2023, de 25 de julio de 2023, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, conforme a lo previsto en el artículo 23.2.c) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, dispongo:

Artículo Único. Modificación de la Orden 58/2021, de 27 de abril , de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se regulan las actividades de formación en bienestar animal, bioseguridad, higiene y sanidad animal.

La Orden 58/2021, de 27 de abril , de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se regulan las actividades de formación en bienestar animal, bioseguridad, higiene y sanidad animal, queda modificada en los siguientes términos:

Uno. Se añade una disposición adicional séptima. Excepciones aplicables para el curso específico de pequeños rumiantes vinculado a las ayudas de la Orden de 83/2023, de 14 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 7/2018, de 29 de enero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al bienestar animal prevista en la medida 14 del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2022, y se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, para la incorporación a las ayudas en 2023.

Se exceptúan los requisitos establecidos en los párrafos b) y c) del apartado 1 del artículo 7 y en el apartado 1 del artículo 10 para los cursos específicos de pequeños rumiantes vinculado a las ayudas de la Orden de 83/2023, de 14 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 7/2018, de 29 de enero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al bienestar animal prevista en la medida 14 del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2022, y se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, para la incorporación a las ayudas en 2023.

Dos. Modificación de la Sección VI del Anexo I. Contenidos Específicos del Curso Bienestar Animal Específico en Explotaciones de Pequeños Rumiantes

El contenido específico del curso de bienestar animal en explotaciones de pequeños rumiantes se determinará en la correspondiente resolución de convocatoria de ayudas.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  3. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  7. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  8. INAP: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (del 16 al 22 de septiembre de 2026)
  9. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  10. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana