ORDEN EMT/246/2023, DE 6 DE NOVIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN EMT/136/2022, DE 10 DE JUNIO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ACTUACIONES SOBRE PUESTOS DE TRABAJO OCUPADOS POR TRABAJADORES/AS CON DISCAPACIDAD EN CENTROS ESPECIALES DE TRABAJO (DOGC NÚM. 8688, DE 14.6.2022).
El 14 de junio de 2022 se publica en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya la Orden EMT/136/2022, de 10 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para actuaciones sobre puestos de trabajo ocupados por trabajadores/as con discapacidad en centros especiales de trabajo (DOGC núm. 8688, de 14.6.2022).
El 30 de junio de 2023 se publica en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya la Orden EMT/171/2023, de 27 de junio, de modificación de la Orden EMT/136/2022, de 10 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para actuaciones sobre puestos de trabajo ocupados por trabajadores/ras con discapacidad en centros especiales de trabajo (DOGC núm. 8688, de 14.6.2022).
Con el fin de clarificar el plazo de ejecución de las actuaciones que prevé la base 14.1 del anexo 1 de la Orden EMT/136/2022, de 10 de junio, en caso de que se publiquen convocatorias anticipadas, se considera conveniente modificar el escrito de esta base. Asimismo, es necesario modificar el escrito de la base 25.2 del anexo 1 de la citada Orden, a fin de recoger correctamente las obligaciones en materia de protección de datos.
En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en concreto, el artículo 92.3 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre ,
Ordeno:
Artículo 1
Se modifica el apartado 1 de la base 14 del anexo 1 de la Orden EMT/136/2022, de 10 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para actuaciones sobre puestos de trabajo ocupados por trabajadores/as con discapacidad en centros especiales de trabajo (DOGC núm. 8688, de 14.6.2022), que queda redactado de la siguiente manera:
“14.1 El plazo de ejecución de las actuaciones tendrá lugar dentro del ejercicio de la convocatoria.”
Artículo 2
Se modifica el apartado 2 de la base 25 del anexo 1 de la Orden EMT/136/2022, de 10 de junio, que queda redactado de la siguiente manera:
“25.2 Las entidades beneficiarias deben cumplir con la normativa de protección de datos de carácter personal, y adoptar e implementar lo que indican la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre , de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; y el Reglamento general de protección de datos . Las entidades establecerán las medidas organizativas y técnicas necesarias para garantizar la seguridad de los datos a los que accedan a consecuencia de las actuaciones que son objeto de esta Orden. En especial, adoptarán las medidas adecuadas para evitar la alteración, la pérdida, el tratamiento o el acceso no autorizado a dichos datos.”
Disposición final
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
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