Elecciones locales parciales 2023

 03/10/2023
 Compartir: 

Real Decreto 758/2023, de 2 de octubre, por el que se convocan elecciones locales parciales 2023 (BOE de 3 de octubre de 2023). Texto completo.

REAL DECRETO 758/2023, DE 2 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE CONVOCAN ELECCIONES LOCALES PARCIALES 2023.

La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio , del Régimen Electoral General, dispone en su artículo 181.1 la celebración de elecciones locales parciales en el plazo de seis meses en aquellas circunscripciones en que no se hubieran presentado candidaturas en las últimas elecciones locales.

Por otra parte, el artículo 113.2 d) de la citada ley orgánica, sobre recursos contencioso-electorales, considera la posibilidad de una nueva convocatoria cuando se declaren nulas las elecciones celebradas en aquella o aquellas mesas que resulten afectadas por irregularidades invalidantes, pudiendo limitarse dicha convocatoria al acto de la votación, de acuerdo, en todo caso, con los términos de la sentencia o del acuerdo anulatorio correspondiente. En este caso, el plazo para la convocatoria es de tres meses desde dicha sentencia o acuerdo.

En su virtud, y de conformidad con lo previsto en el artículo 185 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, a propuesta conjunta de los ministros del Interior y de Política Territorial, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de septiembre de 2023,

DISPONGO:

Artículo 1. Convocatoria y fecha de celebración de elecciones locales parciales.

Se convocan elecciones locales parciales, a celebrar el 26 de noviembre de 2023, para los siguientes cargos:

a) Concejales de aquellos municipios en los que no se han presentado candidaturas en las elecciones locales del 28 de mayo de 2023, convocadas por el Real Decreto 207/2023, de 3 de abril.

b) Concejales de aquellos municipios en los que, por sentencia firme o por acuerdo de la junta electoral competente, se haya declarado la nulidad total o parcial de las elecciones celebradas el 28 de mayo de 2023, de acuerdo con los términos de la sentencia o del acuerdo anulatorio en cada caso.

c) Alcaldes de los municipios que tengan adoptado el régimen de concejo abierto en los casos en que en las elecciones del 28 de mayo de 2023 no se hubiera presentado ninguna candidatura o la elección hubiera sido anulada de acuerdo con los términos de la sentencia o del acuerdo anulatorio en cada caso.

Artículo 2. Campaña electoral.

La campaña electoral, en su caso, tendrá una duración de 15 días.

Comenzará a las cero horas del viernes día 10 de noviembre de 2023 y finalizará a las veinticuatro horas del viernes día 24 de noviembre de 2023.

Artículo 3. Ámbito de la elección.

Las relaciones de municipios en los que, de conformidad con el artículo 1, han de celebrarse elecciones locales parciales son las que se recogen como anexos I y II.

Artículo 4. Normativa aplicable.

Las elecciones convocadas por este real decreto se regirán por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio , del Régimen Electoral General, así como por la normativa que sea de aplicación.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Anexos

Omitidos.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  7. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  8. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  9. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana