Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Asociaciones Profesionales de Personas Trabajadoras Autónomas de Euskadi

 08/05/2023
 Compartir: 

Decreto 66/2023, de 25 de abril, de modificación del Decreto por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Asociaciones Profesionales de Personas Trabajadoras Autónomas de Euskadi (BOPV de 5 de mayo de 2023). Texto completo.

DECRETO 66/2023, DE 25 DE ABRIL, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES PROFESIONALES DE PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS DE EUSKADI.

Con fecha 29 de julio de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco el Decreto 181/2021, de 20 de julio , por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Asociaciones Profesionales de Personas Trabajadores Autónomas de Euskadi; en vigor desde dicha fecha, de conformidad con su disposición final.

El Decreto 181/2021 deroga la normativa previa constituida por el Decreto 207/2008, de 9 de diciembre , por el que se crea y regula el Registro Especial de Asociaciones de Trabajo Autónomo de Euskadi, excepto en su artículo uno, relativo a su creación.

La norma derogatoria tiene por finalidad dotar de una nueva regulación la organización y funcionamiento registral, más extensa que la derogada a la vez que acomodada a una regulación homogénea de operatoria registral propia de las personas jurídicas, experimentada en otros ámbitos.

Respecto de la utilización de medios electrónicos regula un procedimiento registral íntegramente electrónico, de conformidad con su disposición adicional primera. En concreto en relación con los documentos electrónicos cuya inscripción se solicita, prevé que estén firmados con firma electrónica cualificada, de conformidad con lo establecido en el Reglamento UE n.º 910/2014 y con la Ley 6/2020, de 11 de noviembre , que regula determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.

Sin embargo, también por coherencia con otros procedimientos registrales dependientes del mismo órgano directivo, en trámite de elaboración, donde se prevé la utilización de firma cualificada o avanzada, resulta necesario modificar el Decreto 181/2021 en el mismo sentido, posibilitando la inscripción registral de documentos firmados con firma avanzada, además de con firma cualificada.

En su virtud, a propuesta de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 25 de abril de 2023,

DISPONGO:

Artículo único.- Se modifica la Disposición Adicional Primera número 3 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Asociaciones Profesionales de Personas Trabajadoras Autónomas de Euskadi, aprobado por el Decreto 181/2021, de 20 de julio , quedando redactado de la siguiente forma:

“3.- La presentación de los documentos sujetos a inscripción se realizará en soporte electrónico, mediante la aplicación habilitada al efecto. Los documentos electrónicos cuya inscripción se solicite, deberán estar firmados con firma electrónica avanzada o cualificada, de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) N.º 910/2014 y con la Ley 6/2020, de 11 de noviembre , reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.”

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  7. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  8. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  9. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana