Subvenciones a Corporaciones Locales y Entidades públicas y privadas sin fines de lucro para la realización de actividades en el marco de la Educación de Personas Adultas

 21/04/2023
 Compartir: 

Resolución 53/2023, de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convocan subvenciones a Corporaciones Locales y Entidades públicas y privadas sin fines de lucro para la realización de actividades en el marco de la Educación de Personas Adultas para el curso escolar 2022/2023 (extracto) (BOR de 20 de abril de 2023) Texto completo.

RESOLUCIÓN 53/2023, DE 11 DE ABRIL, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTE Y JUVENTUD, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A CORPORACIONES LOCALES Y ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL MARCO DE LA EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS PARA EL CURSO ESCOLAR 2022/2023 (EXTRACTO)

BDNS: 687292

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/687292)

Primero. Beneficiarios.

Corporaciones locales y entidades públicas y privadas sin fines de lucro para la realización de actividades, en el marco de la educación de personas adultas.

Segundo. Objeto.

Subvenciones para la realización de actividades, en el marco de la educación de personas adultas, entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de julio de 2023.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden 11/2009, de 10 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Corporaciones Locales y entidades públicas y privadas, sin fines de lucro, para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas (Boletín Oficial de La Rioja número 44, de 6 de abril).

Cuarto. Importe.

Cuantía total de 180.000,00 euros de los que 100.000,00 euros se destinarán a las corporaciones locales y 80.000,00 euros a las entidades públicas y privadas sin fin de lucro.

Cuantía máxima por beneficiario: Los módulos de subvención se establecen indivisibles en 2.000,00 euros cada uno, pudiéndose conceder más de un módulo a cada corporación o entidad solicitante, si las actividades proyectadas lo requiriesen, a juicio de la Comisión de Valoración.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

- Solicitudes: disponibles en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja en el apartado Oficina Electrónica (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=02447). Se presentarán por vía telemática.

- Documentación: la prevista en la base tercera de la Resolución de convocatoria.

- Forma de pago: El abono de la subvención se realizará en un único pago una vez finalizado el proyecto de actuación y previa la presentación de la documentación justificativa.

- Plazo de justificación: Según lo previsto en la base octava de la convocatoria será el 6 de octubre de 2023.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  3. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  7. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  8. INAP: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (del 16 al 22 de septiembre de 2026)
  9. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  10. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana