Elementos materiales a utilizar en las elecciones

 29/03/2023
 Compartir: 

Orden 63/2023, de 20 de marzo, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se modifica el anexo del Decreto 23/2019, de 2 de abril, por el que se regulan los elementos materiales a utilizar en las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha (DOCM de 28 de marzo de 2023). Texto completo.

ORDEN 63/2023, DE 20 DE MARZO, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO DEL DECRETO 23/2019, DE 2 DE ABRIL, POR EL QUE SE REGULAN LOS ELEMENTOS MATERIALES A UTILIZAR EN LAS ELECCIONES A CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA.

Una vez aprobados por Acuerdo 8/2019, de 23 de enero, de la Junta Electoral Central, los modelos de actas a que se refiere el artículo 19.1.g) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de abril de 2019, se aprobó el Decreto 23/2019, de 2 de abril, por el que se regulan los elementos materiales a utilizar en las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha.

La aprobación de la Ley Orgánica 12/2022, de 30 de septiembre, de reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio , del Régimen Electoral General, para la regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero, conlleva un cambio en el procedimiento para el ejercicio del derecho a voto por los españoles que viven en el extranjero, debiendo adaptar los modelos aprobados a la nueva regulación.

Por otro lado, y de acuerdo con las políticas de igualdad promovidas por la Administración Regional, se considera necesario utilizar un lenguaje inclusivo en los modelos recogidos en el anexo del citado Decreto.

La Disposición final primera del Decreto 23/2019, de 2 de abril, por el que se regulan los elementos materiales a utilizar en las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha, faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de procesos electorales para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo o aplicación de este decreto, así como para modificar el contenido del anexo, previo informe, cuando el mismo resulte preceptivo, de la Junta Electoral Central.

En su virtud, una vez adoptado Acuerdo de 16 de febrero de 2023 por la Junta Electoral Central y a propuesta del Viceconsejero de Administración Local y Coordinación Administrativa, el titular de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, en el ejercicio de las facultades conferidas en el Decreto 80/2019, de 16 de julio , por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (D.O.C.M. de 18 de julio de 2019),

Dispone:

Artículo único. - Modificación del anexo del Decreto 23/2019, de 2 de abril, por el que se regulan los elementos materiales a utilizar en las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha.

Se modifica el anexo del Decreto 23/2019, de 2 de abril, por el que se regulan los elementos materiales a utilizar en las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha, el cual se recoge como anexo de la presente Orden.

Disposición final única. - Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Anexos

Omitidos.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  7. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  8. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  9. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana