CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 899-2023, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 92.7 DEL CÓDIGO CIVIL, POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTS. 10.1 Y 39 CE, Y DE LOS ARTS. 8 CEDH, 24.2 CDFUE Y 3.1 DE LA CONVENCIÓN SOBRE DERECHOS DEL NIÑO DE 1989, APLICABLES CONFORME AL ART. 10.2 CE.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de marzo de 2023, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 899-2023 planteada por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en el recurso de casación núm. 8870-2021, en relación con el artículo 92.7 del Código Civil, por posible vulneración de los arts. 10.1 y 39 CE, y de los arts. 8 CEDH, 24.2 CDFUE y 3.1 de la Convención sobre Derechos del Niño de 1989, aplicables conforme al art. 10.2 CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso de casación núm. 8870-2021, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.
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