EXTRACTO DE LA ORDEN DE 28 DE DICIEMBRE DE 2022 DE LA CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, MEDIO AMBIENTE Y EMERGENCIAS, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ENTIDADES LOCALES, PARA FOMENTAR Y APOYAR LA ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO EN EL ESPACIO URBANO Y PERIURBANO (PIMA CAMBIO CLIMÁTICO).
BDNS (Identif.): 667278
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/667278)
Primero. Beneficiarios
Los beneficiarios de estas subvenciones serán las entidades locales de la Región de Murcia de menos de 100 000 habitantes.
Segundo. Objeto
Es objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones dirigidas a las entidades locales para fomentar y apoyar la adaptación al cambio climático en el espacio urbano y periurbano, potenciando las sinergias entre las estrategias de adaptación y mitigación en la lucha frente al cambio climático.
Tercero. Bases reguladoras
Orden del Consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca, Medio Ambiente y Emergencias, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones dirigidas a entidades locales, para fomentar y apoyar la adaptación al cambio climático en el espacio urbano y periurbano (PIMA Cambio Climático). (BORM, Número 236, 11 de octubre de 2022)
Cuarto. Cuantía
Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se financian totalmente con fondos procedentes del Estado, en concreto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se concederán con cargo a los créditos de gasto de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca, Medio Ambiente y Emergencias, partida presupuestaria 17.07.00.442K.760.59, Proyecto de inversión: 48391 “, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023, hasta un máximo de 342.819,60 euros
El presupuesto subvencionable será el coste total subvencionable, que podrá incluir el coste de ejecución material y, en su caso, gastos generales y beneficio industrial. Quedan excluidos, impuestos, tasas o tributos.
La subvención total que podrá obtener cada actuación será del 90% del presupuesto subvencionable, IVA excluido, con un máximo de 80 000 € por actuación.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes se cumplimentarán en el modelo oficial incluido en esta Orden y deberán presentarse en el plazo de un mes desde el día de publicación del extracto de esta Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Sexto. Otros datos
La solicitud de subvención deberá acompañarse de la documentación que se establece en la presente convocatoria y se presentará electrónicamente, en el Registro electrónico único de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, utilizando el formulario que al efecto estará disponible en su sede electrónica en el procedimiento 3997 de la guía de procedimientos y servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=40288&IDTIPO=100&RASTRO=c$m).
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