Premios Extraordinarios de Bachillerato

 20/12/2022
 Compartir: 

Decreto 145/2022, de 29 de noviembre, de segunda modificación del Decreto por el que se regulan los Premios Extraordinarios de Bachillerato y se establecen los requisitos para su concesión (BORM de 19 de diciembre de 2022). Texto completo.

DECRETO 145/2022, DE 29 DE NOVIEMBRE, DE SEGUNDA MODIFICACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE BACHILLERATO Y SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA SU CONCESIÓN.

Con fecha 26 de marzo de 2011 entró en vigor el Decreto 35/2011, de 15 de marzo, por el cual se regulan los Premios Extraordinarios de Bachillerato y se establecen los requisitos para su concesión.

A partir de la entrada en vigor del Decreto, se estableció una reglamentación intemporal de lo que hasta el momento había venido siendo regulado en convocatorias anuales.

Con fecha 27 de febrero de 2013 se publicó el Decreto 166/2013, de 19 de febrero, que modificó varios artículos del Decreto 35/2011, y entre ellos el artículo 8.1 relativo al contenido de los premios, eliminando la dotación económica, por lo que a día de hoy el contenido del premio conlleva la posibilidad de participar en el programa de viajes que organiza el Departamento de Educación para la realización de cursos de idiomas en el extranjero durante el verano posterior al año en el que se ha obtenido el premio; esto es, cuando los premiados y las premiadas han finalizado primer curso de sus estudios de Grado o superiores.

Habiéndose constatado que esta fecha no resulta idónea, puesto que, gran parte del alumnado inicia la enseñanza superior fuera de la CAPV, bien en el estado, o en el extranjero, y, por consiguiente, el alumnado premiado no disfruta de esa parte del premio, se procede a otorgarles una subvención por un importe bruto de 1.200 euros para la adquisición de un dispositivo digital o dos, que les sirva como herramienta en su proceso educativo.

Por tanto, tras una evaluación ponderada, se ha puesto de relieve la oportunidad y conveniencia de proceder a modificar tal norma reguladora. En efecto, diversas sugerencias de los sectores académicos implicados, la necesidad de adecuarla a circunstancias de carácter organizativo que la hagan más eficaz, así como la conveniencia de ajustarla a las disponibilidades de escenarios presupuestarios cambiantes justifican la presente modificación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 29 de noviembre de 2022,

DISPONGO:

Artículo único.- Segunda modificación del Decreto 35/2011, de 15 de marzo, por el que se regulan los Premios Extraordinarios de Bachillerato y se establecen los requisitos para su concesión.

El Decreto 35/2011, de 15 de marzo, por el que se regulan los Premios Extraordinarios de Bachillerato y se establecen los requisitos para su concesión, se modifica en los siguientes términos:

Uno.- El párrafo primero del artículo 8 queda redactado del siguiente modo:

Quienes obtengan el Premio Extraordinario de Bachillerato recibirán un certificado acreditativo del mismo. Además, se les otorgará una subvención por un importe bruto de 1.200 euros para la adquisición de dispositivos digitales. Esta cuantía podrá ser objeto de actualización en la correspondiente orden de convocatoria anual con el límite del Índice de Precios al Consumo Interanual, y será gestionada por la persona titular de la dirección competente en la materia.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  7. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  8. INAP: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (del 16 al 22 de septiembre de 2026)
  9. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  10. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana