Subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de actividades de educación permanente en el curso 2022-2023

 30/11/2022
 Compartir: 

Extracto de la Orden ECD/1719/2022, de 21 de noviembre, por la que se convocan subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de actividades de educación permanente en el curso 2022-2023 (BOA de 29 de noviembre de 2022). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN ECD/1719/2022, DE 21 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE EDUCACIÓN PERMANENTE EN EL CURSO 2022-2023.

BDNS (Identif.): 660462

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/660462)

Primero.- Objeto y ámbito de la convocatoria.

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de actividades de educación permanente en la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2022-2023. Esta convocatoria queda sujeta a lo establecido en la Orden ECD/792/2022, de 31 de mayo, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 110, de 9 de junio, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales de la Comunidad autónoma de Aragón para el desarrollo de actividades de educación permanente.

Segundo.- Régimen de compatibilidad.

Las ayudas reguladas en la presente convocatoria serán compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de administraciones públicas o entidades privadas sin que en ningún caso sean de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con estas, superen el coste de la actividad subvencionada.

Tercero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria las entidades locales aragonesas. Las entidades no podrán solicitar ayudas para un grupo de actuaciones, que se detallan en los apartados octavo 1 y octavo 2, si otra entidad local que las englobe ha solicitado esta ayuda para ese mismo grupo de actuaciones.

Cuarto.- Actuaciones y gastos subvencionables.

Se consideran actuaciones subvencionables aquellas que tengan como finalidad el desarrollo de actividades de formación permanente desarrolladas por profesorado generalista consistentes en la impartición de docencia, incluyendo las posibles itinerancias entre las entidades locales beneficiarias.

Quinto.- Bases reguladoras.

Orden ECD/792/2022, de 31 de mayo, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 110, de 9 de junio, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales de la Comunidad autónoma de Aragón para el desarrollo de actividades de educación permanente.

Sexto.- Solicitudes.

Las solicitudes se presentarán por medios telemáticos conforme al modelo específico que se genera por la herramienta de tramitador on line, disponible en la siguiente dirección electrónica: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subvencion-educacion-permanente-entidades-locales. Los documentos originales que sea necesario adjuntar a la solicitud deberán ser digitalizados y presentados junto con la solicitud como archivos anexos a la misma.

Séptimo.- Presupuesto y financiación.

El presupuesto máximo destinado a esta convocatoria asciende a trescientos sesenta mil euros (360.000 euros) y estará financiado por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte con cargo a la aplicación presupuestaria 18030G/4225/460020/91002 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2023.

Octavo.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de publicación del extracto de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana