Subvenciones dirigidas a municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 5.000 habitantes para financiar los gastos de inversión en infraestructuras y equipamientos que resulten necesarios para la gestión municipal

 14/11/2022
 Compartir: 

Extracto de la Orden 591/2022, de 28 de octubre, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 de las subvenciones dirigidas a municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 5.000 habitantes para financiar los gastos de inversión en infraestructuras y equipamientos que resulten necesarios para la gestión municipal (BOCAM de 11 de noviembre de 2022). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN 591/2022, DE 28 DE OCTUBRE, DE LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2022 DE LAS SUBVENCIONES DIRIGIDAS A MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID CON POBLACIÓN INFERIOR A 5.000 HABITANTES PARA FINANCIAR LOS GASTOS DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS QUE RESULTEN NECESARIOS PARA LA GESTIÓN MUNICIPAL.

BDNS (Identif.): 657734

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( https://gestionesytramites.madrid.org ).

Primero

Beneficiarios

Podrán beneficiarse de estas subvenciones todos los municipios de la Comunidad de Madrid que, a 1 de enero de 2021, tengan una población oficial inferior a 5.000 habitantes, según la correspondiente certificación expedida por el Instituto Nacional de Estadística (INE), y que no se encuentren incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo

Objeto

Financiar a los municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 5.000 habitantes los gastos de inversión que resulten necesarios para la prestación de los servicios de competencia municipal que no hayan sido incluidos en programas o planes de inversiones en obras y municipales aprobados por la Comunidad de Madrid.

Tercero

Bases reguladoras

La presente convocatoria se regula por las bases reguladoras aprobadas por la Orden 390/2022, de 13 de septiembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 226, de 22 de septiembre de 2022.

Cuarto

Cuantía

La cuantía económica de la subvención podrá llegar hasta el 100 por 100 del importe solicitado, con un límite de 100.000 euros por Ayuntamiento, y máximo de tres actuaciones por municipio, que deberán presentarse en solicitudes individualizadas, hasta agotarse los créditos presupuestarios autorizados para cada convocatoria.

La cuantía de las subvenciones convocadas asciende a 10.000.000,00 euros, consignados en el Subconcepto 76309 del Programa 942N de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2022.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  7. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  8. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  9. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  10. INAP: ETGOA: celebración del primer ejercicio y distribución de personas aspirantes

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana