EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 5 DE OCTUBRE DE 2022, DEL PRESIDENTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DIRIGIDAS A MUNICIPIOS CON MÁS DE 5.000 HABITANTES Y DIPUTACIONES PROVINCIALES, MEDIANTE LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL POR PARTE DE DESEMPLEADOS MENORES DE 35 AÑOS. (JOVEL).
BDNS (Identif.): 652256.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/652256)
Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los municipios con más de 5.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes de Castilla y León, que lo soliciten, cumplan los requisitos y contraten temporalmente a personas desempleadas menores de 35 años e inscritas como demandantes de empleo, para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social.
Segundo.- Objeto.
Apoyo a la contratación temporal de personas desempleadas menores de 35 años y que se encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social.
Tercero.- Bases Reguladoras.
Por Orden IEM/1168/2022, de 3 de septiembre (B.O.C. y L. n.º 180, de 16 de septiembre) se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a municipios y a las diputaciones provinciales o sus organismos autónomos dependientes del ámbito de la Comunidad de Castilla y León, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social por parte de desempleados menores de 35 años.
Cuarto.- Cuantía.
El importe convocado es de 4.000.000 de euros.
La cuantía de la subvención:
- Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 16.625 euros/180 días, a jornada completa.
- Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 13.300 euros/180 días, a jornada completa.
- Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 9.975 euros/180 días, a jornada completa.
Se establecen las siguientes precisiones:
Ayuntamientos de más de 5.000 y menos de 20.000 habitantes: serán subvencionables un máximo de 3 contratos a jornada completa por entidad solicitante.
Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y Diputaciones Provinciales u organismos autónomos dependientes, serán subvencionables un máximo de 5 contratos a jornada completa por entidad solicitante.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes, se presentarán en el plazo de 15 días naturales computados desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Sexto.- Otros datos.
La solicitud de subvención se cumplimentará exclusivamente en el modelo normalizado, que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a través de la dirección electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
Únicamente se admitirá una solicitud por entidad. En el caso de que una entidad presente más de una solicitud, se tendrá en cuenta para su valoración la última presentada.
Las entidades deberán cursar sus solicitudes, acompañadas de los Anexos que estarán disponibles en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y que se referirán a la certificación del titular de la Secretaría y a la relación de trabajadores que tengan la condición de discapacitados en la fecha de la solicitud de la subvención.
Noticia aún sin comentar.
Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:
Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.