Modificación del Decreto 71/2022, de 2 de junio

 27/07/2022
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Decreto 142/2022, de 21 de julio, por el que se modifica el Decreto 71/2022, de 2 de junio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia (BORM de 26 de julio de 2022). Texto completo.

DECRETO 142/2022, DE 21 DE JULIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 71/2022, DE 2 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS DE LA CONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS, POLÍTICA SOCIAL Y TRANSPARENCIA

Por Decreto del Presidente núm. 11/2022, de 12 de mayo, se ha reorganizado la Administración Regional modificando el número, la denominación y las competencias de algunas de las Consejerías.

Por Decreto n.º 71/2022, de 2 de junio, se han establecido los Órganos Directivos de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia.

Con el fin de facilitar el ejercicio de las funciones y competencias atribuidas a la citada Consejería, se hace necesario modificar el Decreto de Órganos Directivos.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.16 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 14.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a iniciativa de la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia y a propuesta del Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 21 de julio de 2022,

Dispongo:

Artículo único. Modificación del Decreto n.º 71/2022, de 2 de junio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia.

El Decreto n.º 71/2022, de 2 de junio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia se modifica en los siguientes términos:

El artículo 2 queda redactado del siguiente modo:

Para el desempeño de las competencias que le corresponde, la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, bajo la dirección de su titular, se estructura en los siguientes Órganos Directivos:

1. Secretaría General.

- Vicesecretaría.

- Unidad de Coordinación de Servicios, con rango de Subdirección General.

2. Dirección General de Mujer y Diversidad de Género.

3. Dirección General de Familias y Protección de Menores.

- Subdirección General de Familias y Protección de Menores.

4. Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector.

- Subdirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector.

5. Dirección General de Gobernanza y Participación Ciudadana:

- Oficina de la Transparencia y la Participación Ciudadana de la Administración Pública de la Región de Murcia, con rango de Subdirección General.

6. Dirección General de Modernización y Simplificación Administrativa:

- Subdirección General de Modernización y Simplificación Administrativa.

Queda adscrito a la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia el Organismo Autónomo Instituto Murciano de Acción Social, creado por Ley 1/2006, de 10 de abril.

En caso de vacante, ausencia o enfermedad del titular de algún órgano directivo u organismo público adscrito, la titular de la Consejería determinará el órgano que asume sus funciones, de entre los restantes.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

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