Plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral

 29/06/2022
 Compartir: 

Decreto Foral 66/2022, de 22 de junio, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (BON de 28 de junio de 2022). Texto completo.

DECRETO FORAL 66/2022, DE 22 DE JUNIO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

Diversos departamentos y organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informan de la necesidad de modificar sus respectivas plantillas orgánicas a fin de ajustarlas a las necesidades reales de los mismos.

Consta en el expediente informe de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica del Departamento de Economía y Hacienda.

En su virtud, a propuesta del consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintidós de junio de dos mil veintidós,

DECRETO:

Artículo 1.º Creación de plazas de la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Se crean las plazas que se relacionan seguidamente, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos:

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, IGUALDAD, FUNCIÓN PÚBLICA E INTERIOR

Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua:

-Una vacante de técnico de grado medio (Igualdad), de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 11520.

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y DEPORTE

Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana:

-Una vacante de técnico de grado medio bibliotecario, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 11521.

-Una vacante de encargado de biblioteca, de régimen funcionarial, nivel C, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 11522.

Artículo 2.º Creación de plazas de la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos para la consolidación de empleo estructural.

Uno. Se crean las plazas que se relacionan seguidamente, que cuentan con la correspondiente dotación económica en el capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos.

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, IGUALDAD, FUNCIÓN PÚBLICA E INTERIOR

Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua:

-Dos vacantes de técnico de grado medio (Igualdad), de régimen funcionarial, nivel B, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 11523 y 11524.

-Una vacante de titulado de grado medio (Administración), de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 11525.

-Una vacante de trabajador social, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 11526.

DEPARTAMENTO DE RELACIONES CIUDADANAS

Euskarabidea/Instituto Navarro del Euskera:

-Una vacante de técnico superior de Organización, de régimen funcionarial, nivel A, bilingüe con nivel C1 de conocimiento de euskera, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 11527.

-Tres vacantes de técnico de grado medio en Euskera, de régimen funcionarial, nivel B, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 11528, 11529 y 11530.

Dos. Las plazas creadas en el apartado anterior se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias previstas para financiar dichas plazas estructurales en el capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.-Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta al consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución de este decreto foral.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  7. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  8. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  9. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana