EXTRACTO DE LA ORDEN 476/2022, DE 12 DE ABRIL, DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE, POR LA QUE SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL EQUIPAMIENTO Y LA IMPLANTACIÓN DE NUEVOS SERVICIOS Y TECNOLOGÍAS EN LAS BIBLIOTECAS PÚBLICAS CORRESPONDIENTE A 2022.
BDNS (Identif.): 626364
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero
Beneficiarios
Municipios con población comprendida entre los 1.500 y los 250.000 habitantes que cuenten con un centro bibliotecario de titularidad municipal o con un proyecto para su creación y que además cumplan el resto de requisitos indicados en la convocatoria.
Segundo
Objeto
El equipamiento y la implantación de nuevos servicios y tecnologías en las bibliotecas públicas municipales. La convocatoria de 2022 se limita a las siguientes líneas de actuación:
- 225.000 euros para mobiliario y dotación de equipos informáticos con destino a bibliotecas de nueva creación y a bibliotecas para las que exista un proyecto de ampliación, remodelación o traslado.
- 35.000 euros para la renovación de equipos informáticos destinados al uso y consulta públicos, con el objeto de sustituir los equipos existentes que tengan más de 6 años de antigüedad.
- 40.000 euros para bienes de inversión consistentes en equipamiento, dispositivos, dotación tecnológica y materiales para la puesta en marcha de nuevos servicios bibliotecarios, así como para la modernización tecnológica de las bibliotecas en funcionamiento y para la mejora de la gestión de los procesos bibliotecarios.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 180/2017, de 27 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 35, de 10 de febrero de 2017), modificada por Orden 167/2017, de 14 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 283, de 28 de noviembre de 2017).
Cuarto
Cuantía
300.000 euros.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Catorce días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Relaciones entre Comunidad de Madrid e interesados
1. La Administración se relacionará de forma electrónica con los interesados, por lo que las notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, disponible en el apartado de “Administración Electrónica. Punto de Acceso General” a través del portal corporativo de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
2. Las sucesivas notificaciones, relativas a los actos integrantes del procedimiento de concesión, se publicarán en la página Administración Electrónica. Punto de Acceso General” a través del portal corporativo de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Séptimo
Pago de la subvención y justificación
1. El pago de la subvención se efectuará con posterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos al fin para el que se concedió la ayuda y la aportación de la totalidad de documentos indicados en la Orden de la Convocatoria.
2. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención finaliza el 30 de septiembre de 2022.
Octavo
Otros datos
Los proyectos a subvencionar deberán haberse realizado en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2021 y el último día de justificación de la subvención.
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