EXTRACTO DE LA ORDEN 16/2020, DE 6 DE AGOSTO, DE LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A MUNICIPIOS DE LA COMUNITAT VALENCIANA, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE APOYO EDUCATIVO, Y OTRAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES, CULTURALES Y DEPORTIVAS, DIRIGIDAS A SU POBLACIÓN ESCOLAR DE ENTRE 3 Y 18 AÑOS, PARA COMPENSAR LOS EFECTOS NEGATIVOS DEL CONFINAMIENTO CONSECUENCIA DE LA EMERGENCIA SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19.
BDNS (identif.): 519634.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Entidades beneficiarias
Serán beneficiarias de las subvenciones objeto de regulación en estas bases, los municipios de la Comunitat Valenciana que hayan presentado solicitud en el plazo de presentación de solicitudes y tengan población empadronada a fecha de publicación de esta orden con edad comprendida entre los 3 y los 18 años según el INE.
Segundo. Objeto
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones de carácter excepcional y singularizado, a los municipios de la Comunitat Valenciana, para la realización de actividades de apoyo educativo, y otras actividades extraescolares, culturales y deportivas dirigidas a su población escolar de entre 3 y 18 años para compensar los efectos negativos del confinamiento consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Tercero. Bases reguladoras
Orden 15/2020, de 6 de agosto, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a municipios de la Comunitat Valenciana para la realización de actividades de apoyo educativo, y otras actividades extraescolares, culturales y deportivas dirigidas a su población escolar de entre 3 y 18 años para compensar los efectos negativos del confinamiento consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por la Covid-19, publicada en el DOGV de 14.08.2020, el texto completo de la cual está a la siguiente dirección web: http://www.ceice.gva.es/va/web/madres-padres-alumnos/subvencions-ajuntaments
Cuarto. Cuantía
El importe a conceder es de 9.000.000,00 €, que se financiará a cargo de los créditos del capítulo IV del programa 421.50, línea S8590, de los presupuestos de la Generalitat para 2020.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Así mismo, este procedimiento estará publicado en la sede electrónica de la Generalitat, https://sede.gva.es y en la dirección web indicada anteriormente.
Sexto. Documentación
La solicitud irá acompañada de la documentación siguiente:
a) Declaración responsable de no concurrir en la entidad solicitando las circunstancias señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003.
b) Acreditación de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y delante de la Seguridad Social. Por eso, el solicitante podrá autorizar el órgano instructor para que obtenga directamente la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos, de conformidad con lo que dispone el Decreto 165/2010, de 8 de octubre , del Consell, por el cual se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la administración de la Generalitat y su sector público.
c) Resolución o acuerdo del órgano municipal competente solicitante la ayuda.
d) Proyecto con las líneas básicas de la programación a realizar durante el periodo que comprende el 1 de julio de 2020 al 23 de junio de 2021.
e) Importe solicitado.
Séptimo. Otros datos
Los beneficiarios tendrán que:
a) Acreditar los requisitos exigidos para tener acceso a la subvención.
b) Diseñar y organizar un programa de actividades de apoyo educativo y otras actividades extraescolares, culturales y deportivas dirigidas a su población escolar de entre 3 y 18 años que se desarrolle durante el verano de 2020 y el curso académico 2020-2021.
c) Realizar las actividades antes del 23 de junio de 2021, fecha de finalización del curso escolar 2020-2021.
d) Justificar documentalmente el destino de la subvención, de acuerdo con lo que determinan las presentes bases.
e) Prestar colaboración y facilitar a la Intervención General de la Generalitat u otros órganos competentes, cuánta información le sea requerida en el ejercicio de sus funciones de control, de acuerdo con lo que establece el artículo 113 y siguientes de la Ley 1/2015.
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