Subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social

 07/08/2020
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Orden 109/2020, de 30 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se modifica la Orden 160/2019, de 23 de septiembre, reguladora de las bases para la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciada por el Fondo Social Europeo (DOCM de 6 de agosto de 2020). Texto completo.

ORDEN 109/2020, DE 30 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 160/2019, DE 23 DE SEPTIEMBRE, REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS Y EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL, COFINANCIADA POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO.

En el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 193, de 30 de septiembre de 2019, se publicó la Orden 160/2019, de 23 de septiembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, reguladora de las bases para la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro, para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciada por el Fondo Social Europeo. Dicha Orden fue modificada por Orden 165/2019, de 16 de octubre, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 208, de 21 de octubre de 2019.

Mediante Resolución de 24 de octubre de 2019, de la Dirección General de Programas de Empleo, se convocan para el ejercicio 2019, las subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciada por el Fondo Social Europeo.

Con la entrada en vigor, el día 14 de marzo de 2020, del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo , por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se estableció en su disposición adicional tercera, la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público, así como que el cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

El Real Decreto 555/2020, de 5 de junio , por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, determinó la última prórroga hasta el día 21 de junio de 2020.

Estas medidas han afectado a los procesos de selección de las personas participantes en el programa de empleo previsto en la Orden 160/2019, de 23 de septiembre y en la convocatoria para el ejercicio 2019, así como a la ejecución de los proyectos aprobados, habida cuenta de que no podían continuar como consecuencia de las medidas adoptadas por el referido Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo .

En virtud de cuanto antecede y con objeto de facilitar la ejecución de los proyectos aprobados y garantizar las contrataciones de las personas desempleadas, que son los destinatarios finales en el objeto de estas ayudas, mediante la presente modificación se pretende ampliar el plazo de ejecución de los proyectos, correspondientes al ejercicio 2019, de forma que los mismos puedan finalizar hasta el 31 de marzo de 2021, incluido.

De acuerdo con lo expuesto, en virtud del ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 79/2019, de 16 de julio , por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, dispongo:

Artículo Único. Modificación de la Orden 160/2019, de 23 de septiembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, reguladora de las bases para la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciada por el Fondo Social Europeo.

Se añade una Disposición adicional única a la Orden 160/2019, de 23 de septiembre, reguladora de las bases para la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro, para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciada por el Fondo Social Europeo, en los términos que se indican a continuación:

“Disposición adicional única.

Los proyectos subvencionables al amparo de esta orden, correspondientes a la convocatoria para el ejercicio 2019, se podrán ejecutar desde la publicación de la citada convocatoria hasta el día 31 de marzo de 2021, incluido. No obstante, los proyectos podrán iniciarse, con anterioridad a la publicación de la convocatoria de estas ayudas, siempre que se ajusten a lo previsto en estas bases y a partir de la entrada en vigor de las mismas, debiéndose ejecutar hasta el día 31 de marzo de 2021, incluido. En todo caso, los proyectos que se inicien con anterioridad a la publicación de la convocatoria no podrán finalizar con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud prevista en la misma. La entidad que inicie el proyecto con anterioridad a la publicación de la convocatoria o a la resolución de las ayudas, asume el riesgo de que las mismas no sean aprobadas.”

Disposición final primera. Recurso procedente.

Contra la presente orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha

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