Modificación de la plantilla del personal laboral propio de la Entidad de Derecho Público Instituto Aragonés de Fomento

 23/08/2019
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Orden HAP/1018/2019, de 8 de agosto, por la que se da publicidad al Acuerdo de 17 de julio de 2019, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la modificación de la plantilla del personal laboral propio de la Entidad de Derecho Público Instituto Aragonés de Fomento (BOA de 22 de agosto de 2019). Texto completo.

ORDEN HAP/1018/2019, DE 8 DE AGOSTO, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL ACUERDO DE 17 DE JULIO DE 2019, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DEL PERSONAL LABORAL PROPIO DE LA ENTIDAD DE DERECHO PÚBLICO INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO

Aprobado por el Gobierno de Aragón, el día 17 de julio de 2019, el Acuerdo por el que se aprueba la modificación de la plantilla del personal laboral propio de la Entidad de Derecho Público Instituto Aragonés de Fomento, se procede a su publicación como anexo a la presente Orden que producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Acuerdo de 17 de julio de 2019, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la modificación de la plantilla del personal laboral propio de la Entidad de Derecho Público Instituto Aragonés de Fomento

El Instituto Aragonés de Fomento, en adelante IAF, de acuerdo con lo establecido en los artículos 1 y 2 del texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, aprobado por Decreto Legislativo 4/2000, de 29 de junio , del Gobierno de Aragón, se creó como una entidad de derecho público adscrita al Departamento que tenga atribuidas las competencias en materia de Economía de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Es, por tanto, una entidad de derecho público de las reguladas en el artículo 79 y siguientes del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio , por lo que goza de personalidad jurídica propia, patrimonio propio y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Asimismo, el IAF tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para la realización de actuaciones relacionadas con el desarrollo regional y económico de Aragón, según dispone el artículo 2.3 del texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento.

El artículo 5 y siguientes del texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento regulan los órganos del IAF, que son el Consejo de Dirección, la Presidencia, Vicepresidencia; y, la Dirección Gerencia.

De acuerdo con la redacción del artículo 13 texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, con independencia del personal propio al servicio del IAF, que se regirá por las normas de Derecho laboral o privado que le sean de aplicación, el Gobierno de Aragón podrá adscribir, con carácter temporal, personal de la Administración de la Comunidad Autónoma para prestar sus servicios en el IAF sin merma de sus derechos.

En consecuencia, al IAF le es de aplicación lo previsto en la Ley 1/2017, de 8 de febrero , de medidas de racionalización del régimen retributivo y de clasificación profesional del personal directivo y del resto del personal al servicio de los entes del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo artículo 9.2., dispone que el personal laboral que, a fecha de la entrada en vigor de esta Ley, preste servicio en cualesquiera de las entidades del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ley se clasificará profesionalmente, de conformidad con la titulación exigida para el ingreso, por acuerdo de los respectivos órganos de gobierno o administración de cada entidad adoptado con anterioridad al 30 de marzo de 2017 y, de acuerdo al apartado 1 del mismo artículo las categorías profesionales del personal laboral se agruparán, en función de la titulación exigida para el ingreso, en los mismos grupos de clasificación profesional que los previstos para el personal funcionario de carrera en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre .

Con fecha 12 de enero de 2018 se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", la Orden HAP/2284/2017, de 20 de diciembre, por el que se da publicidad al Acuerdo de 19 de diciembre de 2017, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la plantilla del personal propio del Instituto Aragonés de Fomento.

En fecha 10 de junio de 2019 ha tenido entrada en la Secretaría General Técnica del Departamento de Economía, Industria y Empleo, escrito del Instituto Aragonés de Fomento en el que se adjunta certificado del Consejo de Dirección del Instituto de 8 de mayo de 2019, por el que se aprueba la siguiente modificación de la relación de puestos de trabajo:

1. Amortización de la plaza de Técnico de Gestión (Referencia SHIRGA: 72149):

Puesto: Técnico/a de Gestión.

Categoría: Titulado/a Medio/a.

Grupo: A2.

Titulación académica: Diplomado/a Universitario/a, Ingeniero/a Técnico/a, Arquitecto/a Técnico/a, Grado.

Otra formación: Inglés nivel B2.

Situación del puesto: VD (Vacante dotada).

Nivel de sueldo: 18.

Nivel de puesto: 18B.

2. Creación de una nueva plaza de Técnico/a Informático/a con cargo al presupuesto de la plaza amortizada, con las siguientes características:

Puesto: Técnico/a Informático/a.

Categoría: Titulado/a Medio/a.

Grupo: A2.

Titulación académica: Ingeniero/a Técnico/a informático/a, Grado de Ingeniería Informática, Ingeniero/a técnico/a de telecomunicaciones, Grado en físicas, matemáticas o equivalente.

Otra formación: Programación y Lenguajes Específicos.

Situación del puesto: VD (Vacante dotada).

Nivel de sueldo: 18.

Nivel de puesto: 18B.

La aprobación de esta propuesta de modificación de plantilla por parte del Consejo de Dirección del Instituto Aragonés de Fomento se ha producido tras cumplir con el trámite previsto en el artículo 81 de la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en su redacción dada por la Ley 2/2016, de 28 de enero , de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón. Esto es, la propuesta cuenta con el informe favorable de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios (de fecha 2 de enero de 2019) con carácter previo a su aprobación, así como una valoración de sus aspectos económicos.

En suma, conforme al apartado tercero de la "Instrucción de 22 de febrero de 2016 de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, en relación con la gestión del personal de las Entidades de Derecho Público", se remite certificado del Consejo de Dirección del Instituto Aragonés de Fomento de 8 de mayo de 2019, por el que se aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo precitada, para su aprobación por el Consejero de Hacienda y Administración Pública.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 81 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio; y, en la Ley 1/2017, de 8 de febrero , de medidas de racionalización del régimen retributivo y de clasificación profesional del personal directivo y del resto del personal al servicio de los entes del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón; a iniciativa de la Consejera de Economía, Industria y Empleo, y a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 17 de julio de 2019, se adopta el siguiente,

ACUERDO

Primero.- Aprobar la modificación de la plantilla de personal laboral propio de la entidad de Derecho Público Instituto Aragonés de Fomento, en los siguientes términos:

1. Amortizar la plaza de Técnico de Gestión (Referencia SHIRGA: 72149):

Puesto: Técnico/a de Gestión.

Categoría: Titulado/a Medio/a.

Grupo: A2.

Titulación académica: Diplomado/a Universitario/a, Ingeniero/a Técnico/a, Arquitecto/a Técnico/a, Grado.

Otra formación: Inglés nivel B2.

Situación del puesto: VD (Vacante dotada).

Nivel de sueldo: 18.

Nivel de puesto: 18B.

2. Crear de una nueva plaza de Técnico/a Informático/a con cargo al presupuesto de la plaza amortizada, con las siguientes características:

Puesto: Técnico/a Informático/a.

Categoría: Titulado/a Medio/a.

Grupo: A2.

Titulación académica: Ingeniero/a Técnico/a informático/a, Grado de Ingeniería Informática, Ingeniero/a técnico/a de telecomunicaciones, Grado en físicas, matemáticas o equivalente.

Otra formación: Programación y Lenguajes Específicos.

Situación del puesto: VD (Vacante dotada).

Nivel de sueldo: 18.

Nivel de puesto: 18B.

Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Hacienda y Administración Pública, al Departamento de Economía, Industria y Empleo y a la entidad de derecho público Instituto Aragonés de Fomento.

Tercero.- Autorizar al Departamento de Hacienda y Administración Pública para realizar las actuaciones necesarias para la aplicación del presente acuerdo.

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