Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 17/07/2026
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Extracto de la Resolución de 13 de julio de 2026, por la que se convocan las ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo de la Comunitat Valenciana para el curso escolar 2026-2027 (DOGV de 15 de julio de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 13 DE JULIO DE 2026, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS A LA ESCOLARIZACIÓN EN LOS CENTROS PRIVADOS AUTORIZADOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES DE PRIMER CICLO DE LA COMUNITAT VALENCIANA PARA EL CURSO ESCOLAR 2026-2027.

BDNS (identif.): 919225

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/919225)

Primero. Beneficiario

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas, para el curso escolar 2026-2027:

En centros:

Las personas responsables legales del alumnado de primer ciclo de Educación Infantil 0 a 3 años, matriculado en centros, siendo el destinatario último de la ayuda este alumnado, quien tendrá financiado el coste de la escolarización.

En escuelas infantiles:

Las Corporaciones locales titulares de las escuelas infantiles para la escolarización del alumnado de primer ciclo de Educación infantil 0 a 3 años. No obstante, el destinatario final de estas ayudas será el alumnado matriculado en la escuela infantil, el cual tendrá financiado el coste de su escolarización.

Segundo. Objeto

Convocar, para el curso escolar 2026-2027, las ayudas económicas destinadas a la escolarización del alumnado de primer ciclo de Educación Infantil (0-3 años) matriculado en centros privados autorizados de Educación Infantil de primer ciclo -en adelante, centros- y en escuelas infantiles municipales de primer ciclo -en adelante, escuelas infantiles- de la Comunitat Valenciana, para la financiación íntegra del coste de escolarización. Dichas ayudas se regirán por las bases reguladoras aprobadas mediante la Resolución de 23 de junio de 2025, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo (DOGV 10138, 26.06.2025), y por la presente resolución.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 23 de junio de 2025 de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo de la Comunitat Valenciana (DOGV 10138, 26.06.2025).

Cuarto. Financiación

El importe global máximo que podrá asignarse en concepto de estas ayudas para esta convocatoria será de 162.981.090,00€ euros, distribuido en las siguientes anualidades:

- Ejercicio 2026: la parte correspondiente a los cuatro primeros meses del curso escolar 2026-2027 (septiembre a diciembre de 2026) por un importe máximo de 64.638.643,45 euros. El pago se realizará con cargo a la línea de subvención S036300000 del capítulo IV del subprograma 422A00 Enseñanza Primaria, centro gestor G01090201GE00000, que figura en los presupuestos de la Generalitat prorrogados para el ejercicio 2026.

- Ejercicio 2027: la parte correspondiente a los seis meses siguientes del curso escolar 2026-2027 (enero a junio de 2027), por un importe máximo de 98.342.446,55 euros con cargo a la misma línea de subvención, que quedará condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2027, de conformidad con lo previsto en la Ley 1/2015, de 6 de febrero , de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes de subvención

En centros:

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento de este plazo determinará la exclusión de la convocatoria.

Excepcionalmente, estos plazos no se aplicarán en los casos establecidos en la base décima apartado 4 de la Resolución de bases, siempre que así se solicite durante el curso escolar y hasta un mes antes de su finalización, se aporte certificación acreditativa de tal circunstancia y que las disponibilidades presupuestarias así lo permitan.

En escuelas infantiles:

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento del plazo de presentación de las solicitudes determinará la exclusión de la convocatoria.

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