Subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo

 29/01/2018
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Resolución de 22 de enero de 2018, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se hace pública la dotación presupuestaria destinada en el ejercicio 2018 a la financiación de las subvenciones reguladas en la Orden de 21 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (BOJA de 26 de enero de 2018). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 22 DE ENERO DE 2018, DE LA AGENCIA ANDALUZA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA DOTACIÓN PRESUPUESTARIA DESTINADA EN EL EJERCICIO 2018 A LA FINANCIACIÓN DE LAS SUBVENCIONES REGULADAS EN LA ORDEN DE 21 DE JUNIO DE 2016, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES DE DESARROLLO QUE REALICEN INTERVENCIONES DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO POR LA AGENCIA ANDALUZA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO.

Mediante la Orden de 21 de junio de 2016, publicada en el BOJA núm. 120, de 24 de junio de 2016, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2016, en adelante Orden reguladora.

El artículo 1.4 de la Orden reguladora dispone que: En el inicio de cada ejercicio económico, una vez aprobada la Ley Anual de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por Resolución de la Dirección de la AACID, que será publicada en el BOJA, se determinará la dotación presupuestaria global máxima que se destinará a la financiación de las subvenciones reguladas por esta Orden. La Resolución contendrá, con carácter estimativo, la distribución presupuestaria por finalidades de los proyectos y, dentro de éstas, en su caso, las estimaciones por compromisos contenidos en el PACODE, sin que en ningún caso se supere el importe máximo global. En consecuencia, las dotaciones presupuestarias asignadas a cada una de ellas y que no resulten comprometidas podrán acumularse a las restantes.

El Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo 2015-2018, aprobado por Acuerdo de 27 de agosto de 2015, del Consejo de Gobierno, incluye entre sus compromisos el de destinar al menos el 20% del total del presupuesto de cooperación de la Junta de Andalucía a los Países Menos Adelantados, conforme a la clasificación publicada y revisada cada tres años por el Consejo Económico y Social de Naciones Unidas.

Por otra parte, la disposición adicional tercera de la Orden reguladora habilita a la persona titular de la Dirección de la AACID para dictar las instrucciones y realizar cuantas actuaciones sean necesarias para el desarrollo, ejecución y aplicación de dicha Orden.

Por lo expuesto, en el uso de las facultades concedidas,

RESUELVO

Primero. Publicar que para el ejercicio 2018 la dotación presupuestaria destinada a la financiación de las subvenciones reguladas por la Orden de 21 de junio 2016, tendrá un importe máximo global de 25.800.000 € con cargo al Presupuesto de Explotación de la AACID, según el Programa de Actuación, Inversión y Financiación del citado ejercicio (Programa 82B).

Esta dotación se distribuye en función de las finalidades de los proyectos en las cuantías que a continuación se especifican:

a) Subvenciones destinadas a proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo: 19.100.000 €.

Con el fin de dar cumplimiento al compromiso de financiación de los Países Menos Adelantados del PACODE 2015-2018, al menos el 40% de la citada cantidad irá destinada a financiar proyectos en los Países Menos Adelantados.

b) Subvenciones destinadas a proyectos de Acción Humanitaria, excepto emergencia: 3.000.000 €.

Con el fin de dar cumplimiento al compromiso de financiación de los Países Menos Adelantados del PACODE 2015-2018, al menos el 50% de la citada cantidad irá destinada a financiar proyectos en los Países Menos Adelantados.

c) Subvenciones destinadas a proyectos de Educación para el Desarrollo: 3.000.000 euros.

d) Subvenciones destinadas a proyectos de Formación, de Investigación y de Innovación: 700.000 euros.

Las dotaciones presupuestarias asignadas a cada una de las finalidades que no resulten comprometidas podrán acumularse a las restantes, dado el carácter estimativo de la distribución presupuestaria.

Segundo. El apartado 1 del artículo 25 de la Orden reguladora señala que el plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria anual de proyectos será de 45 días naturales, iniciándose el mismo el 15 de febrero de cada año.

De conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la eficacia de la citada convocatoria se producirá cuando, previa su comunicación a la Base de Datos Nacional de subvenciones que opera como sistema nacional de publicidad de las subvenciones, se produzca la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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