Conflicto positivo de competencia n.º 5240-2017

 04/12/2017
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Conflicto positivo de competencia n.º 5240-2017, en relación con los artículos 8.2. letras b), c), f), g), h), i) (excepto las obligaciones de los participantes), y j); 22.3; 23.3, párrafo 2.º; 28.1, párrafo 4.º; 32.2, inciso final; y la disposición adicional 4.ª.1 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral (BOE de 4 de diciembre de 2017). Texto completo.

CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA N.º 5240-2017, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 8.2. LETRAS B), C), F), G), H), I) (EXCEPTO LAS OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES), Y J); 22.3; 23.3, PÁRRAFO 2.º; 28.1, PÁRRAFO 4.º; 32.2, INCISO FINAL; Y LA DISPOSICIÓN ADICIONAL 4.ª.1 DEL REAL DECRETO 694/2017, DE 3 DE JULIO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 30/2015, DE 9 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE REGULA EL SISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO EN EL ÁMBITO LABORAL.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia núm. 5240-2017, promovido por el Gobierno de Cataluña, en relación con los artículos 8.2. letras b), c), f), g), h), i) (excepto las obligaciones de los participantes), y j); 22.3; 23.3, párrafo 2.º; 28.1, párrafo 4.º; 32.2, inciso final; y la disposición adicional 4.ª1 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio , por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.

Madrid, 28 de noviembre de 2017.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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