El Supremo otorga validez al First Certificate para los procesos de selección de personal en la Administración

 14/03/2016
 Compartir: 

Da la razón a una mujer que demandó a la Generalitat Valenciana por no tener en cuenta su nivel de inglés en una oferta de empleo

MADRID, 13 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dado validez al First Certificate como acreditación del nivel de inglés en los procesos de selección de personal en la Administración Pública, dando la razón a una mujer que demandó por este motivo a la Generalitat Valenciana.

Concretamente, falla a favor de Cristina V. B. contra la sentencia emitida el 16 de diciembre de 2014 por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJV) acreditando, como planteaba en su recurso de casación, que tiene derecho a que el Gobierno valenciano vuelva a elaborar una relación de aprobados en el que se le añadan dos puntos por su nivel de inglés.

El Supremo apunta al vacío legal sobre la acreditación oficial del nivel de idiomas al constatar que "no existe ninguna instancia nacional o supernacional con competencia para unificar y refrendar de manera oficial el valor de certificados, diplomas o acreditaciones de competencias en lenguas extranjeras".

De ahí que acceda, como reclamaba Cristina V. B., a acreditar el First Certificate como nivel B.2, que es el exigible en las oposiciones de la administración, de acuerdo al criterio de la Universidad de Cambridge.

En este sentido recuerda que "la propia Administración demandada había admitido como bastante el certificado aportado por la actora" y que el abogado del Estado en su escrito de oposición al recurso de Cristina V. B. "se limita a invocar una caduca jurisprudencia" que remite a una "interpretación oscura" de las bases del concurso.

"No resulta razonable la exigencia de un requisito que, según la propia autoridad competente para emitir el documento acreditativo de la homologación o convalidación de las titulaciones de idiomas obtenidas en el extranjero, certifica la imposibilidad de emitir ese documento", insiste el Supremo, que no aprecia circunstancias para la condena en costas.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana