Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la gestión de la red de voluntariado digital del proyecto Andalucía Compromiso Digital

 03/08/2015
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Orden de 27 de julio de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la gestión de la red de voluntariado digital del proyecto Andalucía Compromiso Digital y se efectúa su convocatoria para 2015 (BOJA de 31 de julio de 2015). Texto completo.

ORDEN DE 27 DE JULIO DE 2015, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A LA GESTIÓN DE LA RED DE VOLUNTARIADO DIGITAL DEL PROYECTO ANDALUCÍA COMPROMISO DIGITAL Y SE EFECTÚA SU CONVOCATORIA PARA 2015.

La Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, a través de la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, dependiente orgánicamente de la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.1.d) del Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, tiene entre sus funciones la “planificación, coordinación e impulso de los programas relacionados con el desarrollo del Mercado Digital y de la Sociedad de la Información en Andalucía”.

En el ejercicio de estas competencias, la Consejería, mediante la ejecución del Plan de Innovación y Modernización de Andalucía (2005-2010), aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de junio de 2005, y del Plan de Andalucía Sociedad de la Información (2007-2010), aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de diciembre de 2006, ha venido desarrollando el marco legal necesario para promover el fortalecimiento de la Sociedad de la Información y favorecer su puesta en valor al servicio del interés público y el bienestar y calidad de vida de la ciudadanía, marco legal de referencia que ve su continuidad en la Agenda Digital para Europa, contenida en la estrategia 2020 de la Unión Europea. En este mismo sentido, el 15 de febrero de 2013, el Consejo de Ministros aprobó la Agenda Digital para España, que se constituye como la hoja de ruta del Gobierno español en materia de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información para el período 2013-2015.

El origen del proyecto Andalucía Compromiso Digital (ACD) se encuentra en el citado Plan Andalucía Sociedad de la Información que incluía entre las Medidas de la Línea Estratégica de Ciudadanía Digital, en concreto en su Medida núm. 8, la “Creación de la Red de Voluntariado Digital: Andalucía Compromiso Digital”. En el primer trimestre del año 2008, se puso en marcha la Red de Voluntariado Digital de Andalucía y los Centros de Coordinación de Andalucía Compromiso Digital en cada una de las ocho capitales de provincia. Comienza, por tanto, a desarrollarse la actividad del Voluntariado Digital consistente fundamentalmente en:

- Asesoramiento general en relación con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (en adelante, TIC).

- Generación de confianza en el uso de las TIC.

- Humanización de la relación personal con las TIC.

- Estímulo del interés de aprendizaje TIC.

- Sensibilización sobre las TIC a colectivos en riesgo de exclusión.

- Difusión de la labor de voluntariado y del movimiento asociativo.

A finales del año 2010, y tras los buenos resultados obtenidos, se determina que Andalucía Compromiso Digital debe ampliar su espectro de actuación hacia la sociedad andaluza en general, ofreciendo a cada persona, grupo o colectivo, un diferencial de valor sobre su situación de partida.

En esta segunda etapa, comienzan a ofrecerse los servicios a toda la ciudadanía andaluza, centrando su objetivo en capitales de provincia y municipios de más de 20.000 habitantes.

Por todo ello, y tras siete años de trayectoria en el fomento de la Sociedad de la Información y la superación de la brecha digital en Andalucía, Andalucía Compromiso Digital está recorriendo su tercera etapa centrada en la mejora de las competencias digitales de los andaluces y andaluzas y en la que se marca como objetivos fundamentales, bajo el principio de igualdad de género, los siguientes:

- Mejora de las condiciones de empleabilidad de la ciudadanía andaluza.

- Mejora de la confianza y seguridad en el uso de las TIC.

- e-Inclusión.

- Mejora de la calidad de vida de la ciudadanía andaluza.

Desde su concepción, la Red de Voluntariado Digital se ha venido gestionando a través de diversos convenios de colaboración, firmado el primero de ellos, con fecha 1 de octubre de 2007, entre la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y Cruz Roja Española en Andalucía, cuya vigencia, inicialmente hasta diciembre de 2010, fue prorrogada hasta diciembre de 2015, tras la firma de la adenda al citado convenio.

Las actuaciones necesarias para alcanzar los objetivos de dicho convenio, se establecieron en varios y sucesivos Convenios Específicos, siendo el último, el Convenio Especifico 2013-2015, por el que se concede una subvención excepcional a Cruz Roja Española, el cual permanecerá vigente hasta el 31 de agosto del presente año 2015.

Con la aprobación de las presentes bases reguladoras se apuesta por el fortalecimiento de la Red de Voluntariado Digital en Andalucía, con el propósito de acercar, movilizar y capacitar a la ciudadanía andaluza en torno a la Sociedad de la Información.

Esta subvención queda sometida a un régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Esta Orden se ajusta a las bases reguladoras tipo aprobadas por Orden de 30 de agosto de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

Asimismo, esta Orden se adecua al artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, que fomenta el principio de la transversalidad de género, en aras a eliminar los efectos discriminatorios y fomentar la igualdad de género.

En su virtud, a propuesta de la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía, en uso de las facultades que me confiere el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo ,

DISPONGO

Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras.

1. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la gestión de la Red de Voluntariado Digital en el territorio andaluz y se efectúa su convocatoria para el año 2015.

2. Estas bases reguladoras están integradas por el texto articulado y por el cuadro resumen de la línea de subvención regulada, que se inserta a continuación de esta Orden.

Disposición adicional primera. Convocatorias anuales.

La persona titular de la Dirección General competente en materia de telecomunicaciones y sociedad de la información podrá efectuar la convocatoria de las subvenciones que se regulan en la presente Orden, mediante Resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Disposición adicional segunda. Régimen de la convocatoria para el ejercicio 2015.

1. Convocatoria. Se convocan, para el año 2015, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a gestionar la Red de Voluntariado Digital en el territorio andaluz.

2. Aprobación de los formularios. Asimismo, se aprueban los formularios que constan como Anexos a la Orden:

a) Formulario de solicitud (Anexo I).

b) Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos (Anexo II).

c) Formulario de representación legal (Anexo III).

Los formularios podrán obtenerse a través de la siguiente dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/empleoempresaycomercio y deberán presentarse en los lugares y registros referidos en el apartado 10.c) del Cuadro Resumen.

3. Concreción de los términos de la convocatoria:

3.1. Gastos subvencionables. La cuantía subvencionada para cada una de las categorías de gasto, será como máximo, la siguiente:

a) Costes asociados a los Centros:

- Alquileres de los centros y gastos de comunidad: 63.000 €.

- Limpieza de los centros: 22.000 €.

- Seguro de los locales, tasas municipales y otros gastos administrativos asociados a los mismos: 6.700 €.

- Adaptación de locales: 15.000 €.

- Sistemas de vigilancia de los centros: 3.000 €.

- Mantenimiento de los centros: 4.200 €.

- Licencias de programas informáticos: 14.000 €.

- Transporte del material informático: 8.000 €.

- Mantenimiento del equipamiento informático: 17.000 €.

- Gastos de correos y/o mensajería: 6.700 €.

- Seguros del material informático: 9.000 €.

- Mobiliario: 20.000 €.

- Agua y luz: 9.000 €.

- Teléfono/internet/wifi: 17.000 €.

b) Gastos asociados al personal:

- Nóminas y Seguros Sociales: 1.006.000 €.

- Dietas y gastos de desplazamientos: 41.000 €.

- Gastos de capacitación a los voluntarios y voluntarias y agentes del proyecto: 30.000 €.

- Material fungible y papelería: 12.400 €.

- Material necesario para el adecuado desarrollo de la actividad de los voluntarios y voluntarias: 16.000 €.

- Renting de vehículos: 55.000 €.

c) Gastos encuentros de voluntariado y apoyo en labores de difusión:

- Dos encuentros provinciales: 70.000 €.

- Un encuentro autonómico: 110.000 €.

- Apoyo a difusión: 40.000 €.

d) Gastos de gestión:

- Gastos de gestión de personal indirecto y costes asociados a la ejecución y gestión del proyecto: 73.000 €.

- Gastos de auditoría: 10.000 €.

3.2. Período de ejecución y plazo dentro del que deben realizarse los gastos subvencionables.

El periodo de ejecución del proyecto y dentro del cual deben realizarse los gastos subvencionables abarca desde el 1 de septiembre de 2015 a 30 de junio de 2016.

3.3. Plazo para la presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía .

3.4. Secuencia del pago.

Para la presente convocatoria se establece la siguiente concreción en la secuencia y porcentaje de pago:

Un primer pago, correspondiente al 25% del importe total de subvención, tras la firma de la resolución de concesión, que se hará efectivo durante el año 2015 sin necesidad de justificación previa.

Un segundo pago, correspondiente al 75% del importe total de subvención, que se hará efectivo durante el año 2015, una vez justificado el 25% del total del proyecto.

- Plazo máximo para la presentación de la justificación.

La presentación de la documentación justificativa correspondiente al 25% del importe total de la subvención se aportará antes del 15 de diciembre de 2015.

La presentación de la documentación justificativa correspondiente al 75% del importe total de la subvención se aportará antes del 30 de septiembre de 2016.

3.5. Objetivos a alcanzar.

A continuación se detallan los objetivos a alcanzar durante el periodo de ejecución del proyecto, los cuales habrán de estar desagregados por sexo:

- Número de personas voluntarias: 700 (350 mujeres y 350 hombres).

Se entiende por personas voluntarias, aquellas que pertenecen a la Red de Voluntariado Digital de Andalucía dispuestas a compartir sus conocimientos con los beneficiarios y beneficiarias del proyecto sobre el uso de de Internet y las nuevas tecnologías a través de acompañamientos y/o jornadas.

- Número de personas beneficiarias del proyecto: 10.000 (6.000 mujeres y 4.000 hombres).

Se entiende por personas beneficiarias, aquellas que reciben de los voluntarios y voluntarias algún servicio (acompañamiento o jornada).

- Número de acompañamientos: 20.000.

Se entiende por acompañamiento, la capacitación y apoyo personalizado a personas con un nivel nulo o escaso de conocimientos TIC, ya sea de forma individual o en pequeños grupos a través de la labor de la red de voluntarios y voluntarias digitales.

- Número de jornadas: 300.

Se entiende por jornadas, las sesiones formativas de corta duración sobre cuestiones relacionadas con el uso y la confianza en la tecnología.

3.6. Municipios objetivo del proyecto Andalucía Compromiso Digital.

A continuación, se detallan los municipios objetivo de Andalucía Compromiso Digital, con indicación de la población según datos del Instituto Nacional de Estadística 2014.

Tabla omitida.

* El municipio de Guadix tiene actualmente una población inferior a 20.000 habitantes, pero seguirá manteniendo la condición de municipio objetivo de Andalucía Compromiso Digital. A los efectos de organización de actividades, será considerado como municipio de entre 20.000 y 50.000 habitantes.

4. Financiación de la convocatoria. La cuantía total máxima de subvención para esta convocatoria será de 1.678.000 euros, con cargo a la siguiente partida presupuestaria:

- 1100018073 G/72A/78001/98 01 2006002517.

Disposición final primera. Habilitación.

Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para el correcto desarrollo, aplicación e interpretación de la Orden.

Disposición final segunda. Entrada en Vigor.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Anexos

Omitidos.

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