MADRID, 20 Ene. (EUROPA PRESS) -
Este decreto ley supone la creación del Fondo de Financiación de las Comunidades y el Fondo de Financiación de las Entidades Locales, dos figuras que recogen todas las fórmulas de liquidez existentes y las nuevas. El Tesoro pone a disposición de ambos programas 39.869 millones para este año, mil de ellos para entidades locales y el resto, para CCAA.
El llamado Fondo de Financiación para las Comunidades está a disposición de todas ellas con un tipo de interés cero y con un incentivo de cumplimiento de objetivos: el tipo seguirá siendo cero dos años más para quien cumpla con el déficit y el plazo de pago a proveedores.
Ese Fondo tiene tres compartimentos. Por un lado, la llamada Facilidad Financiera, destinada a las comunidades cumplidoras con el déficit y sus proveedores, pero que quieran beneficiarse de los tipos que logra el Tesoro; por otro, se mantiene el Fondo de Liquidez Autonómica (FLA) para quienes necesitan cubrir déficit y no pueden acudir a los mercados.
Finalmente, el Fondo Social servirá para que las autonomías paguen a los ayuntamientos por la prestación de servicios de su competencia, pero que prestan las entidades locales y que están por tanto obligadas a abonarles.
En el caso de las entidades locales, Hacienda distingue también entre cumplidoras y no. Para las altamente endeudas y que no cumplen con sus proveedores se crea el Fondo de Ordenación. Para las otras, estará el Fondo de Impulso económico, que les servirá para financiar vencimientos, inversiones y proyectos sostenibles.
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