Deuda Pública

 01/07/2014
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Resolución de 24 de junio de 2014, del Director General de la Oficina de Control Presupuestario por la que se definen las características finales de una emisión de Deuda Pública con vencimiento en marzo de 2020 por importe de 70 millones de euros (BOR de 30 de junio de 2014) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 24 DE JUNIO DE 2014, DEL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA DE CONTROL PRESUPUESTARIO POR LA QUE SE DEFINEN LAS CARACTERÍSTICAS FINALES DE UNA EMISIÓN DE DEUDA PÚBLICA CON VENCIMIENTO EN MARZO DE 2020 POR IMPORTE DE 70 MILLONES DE EUROS

La Orden 7/2014, de 12 de junio de la Consejera de Administración Pública y Hacienda regula las características de las emisiones de Deuda Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja que se lleven a cabo en el ejercicio 2014. En el artículo 3 de la Orden se dispone que la emisión se realizará a través de una o varias entidades que llevarán a cabo la dirección y colocación de la emisión.

Igualmente señala dicho artículo que la colocación podrá ser privada o de carácter abierta para todos los miembros del Mercado de Deuda Pública Anotada. En la disposición adicional se autoriza al titular de la Oficina de Control Presupuestario a realizar las actuaciones necesarias para la ejecución de esta orden.

Conforme a la referida Orden la Oficina de Control Presupuestario ha solicitado ofertas comprendiendo el formato de emisión de Deuda Pública, que se ha materializado en una operación bajo el formato de colocación privada de valores, por importe total de setenta millones de euros.

1. Importe nominal de la emisión: Setenta millones de euros. (70.000.000 €).

2. Plazo: 6 años.

3. Cupón: Fijo del 1,84 %.

4. Moneda: euro

5. Modalidad: Obligaciones 1.000 euros el nominal.

6. Fecha de emisión: El 1 de julio de 2014

7. Fecha de vencimiento de la emisión: 3 de marzo de 2020.

8. Base ACT/ACT.

9. Fecha de pago de cupones: Los cupones se abonaran anualmente a partir del 3 de marzo de 2015. En caso que el día de pago de intereses no fuera día hábil, el pago se trasladará al día hábil inmediatamente posterior, sin que el Obligacionista tenga derecho a percibir intereses por dicha dilación, convención conocida en el mercado como Unadjusted Modified Following. Se entenderá por “día hábil” el que se fije en cada momento por el Banco Central Europeo para el funcionamiento del sistema Target.

10. Amortización: Única a la par, y en la fecha de vencimiento de la emisión.

11. Precio de emisión 99,89% %

12. Segregabilidad: De conformidad con lo dispuesto en la Orden 7/2014, de 12 de junio, por la que se regulan las características de las emisiones de Deuda Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja que se lleven a cabo en el ejercicio 2014, la deuda tiene carácter de segregable.

14. Anotación, cotización y liquidación: Los títulos estarán representados mediante anotaciones en cuenta. Cotizarán en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones y se liquidarán y compensarán en la Central de Anotaciones en Cuenta del Banco de España a través de Iberclear.

15. Entidades Colocadoras: BBVA, Santander, Natixis

16. Desembolso: El desembolso deberá realizarse antes de las 12 horas del día 1de julio de 2014, en la cuenta que la Comunidad Autónoma de La Rioja tiene abierta en el Banco de España, a tal efecto.

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