Órganos directivos de la Consejería de Presidencia y Empleo

 25/06/2014
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Decreto n.º 167/2014, de 20 de junio, por el que se modifica el Decreto de Consejo de Gobierno n.º 40/2014, de 14 de abril, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Presidencia y Empleo (BORM de 24 de junio de 2014). Texto completo.

DECRETO N.º 167/2014, DE 20 DE JUNIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO DE CONSEJO DE GOBIERNO N.º 40/2014, DE 14 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y EMPLEO.

En consideración al Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma número 4/2014, de 10 de abril, de reorganización de la Administración Regional, que modifica el número, denominación y competencias de las Consejerías, así como su orden de prelación, se ha llevado a cabo una nueva distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional, que se materializa en el establecimiento de los respectivos Órganos Directivos de las diferentes Consejerías, mediante la aprobación de los correspondientes Decretos de Consejo de Gobierno.

Por lo que respecta a la Consejería de Presidencia y Empleo, la determinación de estos Órganos Directivos y de sus respectivas competencias ha sido fijada en el Decreto 40/2014, de 14 de abril . Por razones organizativas y de eficacia en la gestión administrativa, se considera conveniente introducir modificaciones de carácter muy puntual en su articulado que contribuyan tanto a la concreción como a la mejora de la organización administrativa y de las competencias y funciones atribuidas.

En tal sentido, se atribuyen a la Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias las competencias en materia de espectáculos públicos y se hace depender de la Dirección General de Participación Ciudadana, Unión Europea y Acción Exterior, al Centro de Documentación e Información.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Empleo, por delegación del Presidente, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto no 16/2014, de 10 de abril, y de conformidad con lo previsto en los artículos 22.16 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 14.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 20 de junio de 2014,

Dispongo:

Artículo único. Modificación del Decreto 40/2014, de 14 de abril , por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia y Empleo.

El Decreto n.º 40/2014, de 14 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia y Empleo, publicado en el “B.O.R.M.” n.º 87 de fecha 15 de abril, se modifica en los siguientes términos:

Uno. En el artículo 3 se suprime el segundo párrafo.

Dos. El artículo 7 queda redactado del siguiente modo:

“La Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias ejercerá las competencias en materia de espectáculos públicos, coordinación de policías locales, emergencias, protección civil, prevención y extinción de incendios y salvamento, las correspondientes al servicio de atención de las llamadas de urgencia a través del Teléfono Único Europeo 1-1-2 y los procedimientos de respuesta a las mismas”.

Tres. Se adiciona un tercer párrafo al artículo 9, que queda redactado en los siguientes términos:

“Dependerá de la misma el Centro de Documentación e Información (CEDI)”.

Disposición Final Única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

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