Delegación de competencias sobre ejecución de gasto en las personas titulares de los Servicios Periféricos

 23/06/2014
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Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Dirección Gerencia, por la que se delegan competencias sobre ejecución de gasto en las personas titulares de los Servicios Periféricos (DOCM de 20 de junio de 2014). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 13 DE MAYO DE 2014, DE LA DIRECCIÓN GERENCIA, POR LA QUE SE DELEGAN COMPETENCIAS SOBRE EJECUCIÓN DE GASTO EN LAS PERSONAS TITULARES DE LOS SERVICIOS PERIFÉRICOS

El artículo 6.2. e) de la Ley 6/2009, de 17 de diciembre , por la que se crea la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, establece que corresponden a la Dirección-Gerencia de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, bajo la supervisión de la Presidencia, la función de autorizar gastos, efectuar disposiciones, contraer obligaciones y proponer pagos, dentro de los límites fijados por la normativa vigente en materia presupuestaria.

Por su parte, el artículo 20. d) de la Ley 10/2013, de 20 de diciembre , de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2014, prevé que durante 2014, la autorización de gastos corresponde a quienes ostenten la dirección de los organismos autónomos, cuando los gastos correspondan a sus respectivas secciones presupuestarias, con las mismas limitaciones y excepciones que el apartado a) establece para los titulares de las Consejerías, esto es, con un límite máximo de 500.000,00 euros, salvo las excepciones citadas. Asimismo el artículo 3.2 de la citada Ley 6/2009, de 17 de diciembre establece que la Agencia contará con Servicios Provinciales para el desempeño de sus funciones. Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales del órgano del Consejo de Gobierno responsable de la Coordinación Hidrológica, asumirán la representación de la Agencia en su ámbito territorial.

Mediante la Orden de 18/12/2013, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, se modificó la Relación de Puestos de Trabajo de Personal Laboral de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en ejecución de la planificación de recursos humanos del personal adscrito a las brigadas de carreteras, talleres y laboratorios de la Consejería de Fomento, a propuesta de la Secretaría General de la Consejería de Fomento, y se han incorporado más personal que devenga con frecuencia indemnizaciones por razones de servicio, por lo que se hace necesario por razones de celeridad, cercanía y eficacia, delegar la competencia en los Servicios Periféricos para la aprobación y disposición del gasto, así como el reconocimiento de las obligaciones que se generen por los referidos conceptos.

Por todo ello, conforme a lo dispuesto al artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que cada Administración Pública podrá acordar la delegación del ejercicio de competencias atribuidas a sus órganos administrativos en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de aquéllas, esta Dirección-Gerencia ha resuelto:

Delegar en las personas titulares de los Servicios Periféricos de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha en su correspondiente ámbito territorial, el ejercicio de las competencias sobre la ejecución de gasto: autorización, disposición de gastos y reconocimiento de obligaciones atribuidas a esta Dirección-Gerencia respecto del artículo 23 del Capítulo II del Presupuesto de Gastos, relativo a las indemnizaciones por razón del servicio, a que hace mención la Resolución de 25-03-2003, de la Dirección General de Economía y Presupuestos, por la que se definen los códigos de la clasificación económica, funcional y por programas establecida mediante Orden de 28 de mayo de 2002, de la Consejería de Economía y Hacienda. Las resoluciones administrativas que se adopten en el ejercicio de esta delegación, se realizarán con indicación expresa de dicha circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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